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lunes, 16 de abril de 2012

Demandan al Banco Venezolano de Crédito por incumplir créditos hipotecarios


Nota de Prensa).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, admitió la demanda por protección de derechos colectivos interpuesta por el entonces Procurador General de la República, Carlos Escarrá Malavé, junto a otros funcionarios de la Procuraduría General, contra el Banco Venezolano de Crédito S.A. Banco Universal.
La demanda fue interpuesta contra el mencionado banco debido al presunto incumplimiento de la cartera crediticia destinada para créditos hipotecarios, establecida en el último párrafo del artículo 2 de la Resolución N° 104 del 19 de julio de 2011, dictada por el Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.716 de la misma fecha.
La Procuraduría General de la República solicitó en la demanda que se ordene al banco dar cumplimiento a la obligación de colocar a la disposición del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat el porcentaje establecido en el último párrafo del artículo 2 de la Resolución N° 104 de fecha 19 de julio de 2011, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat.
La Sala del Alto Juzgado admitió la demanda luego de constatar que cumple con los requisitos contenidos en el artículo 147 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, además, la acción judicial no está incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 150 de la señalada Ley Orgánica.
Al ser admitida la acción judicial se ordenó notificar de la presente decisión al Banco Venezolano de Crédito S.A., Banco Universal, al Ministerio Público, al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y a la Defensoría del Pueblo.
Finalmente la Sala Constitucional ordenó publicar el cartel de emplazamiento de conformidad con lo establecido en los artículos 152 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La magistrada Carmen Zuleta de Merchán salvó su voto en la presente decisión.