En la Gaceta Oficial número 40.002 de 7 de septiembre que circula el día de hoy, fueron publicadas dos resoluciones del Banco Central de Venezuela (BCV) donde se establece la normativa que regirá las cuentas en moneda extranjera dentro del sistema financiero nacional.
La resolución Nº 12-09-01 los bancos universales, autorizados por el Banco Central de venezuela para abrir cuentas en divisas, no deben exigir a los clienes monto mínimo alguno para abrir las cuentas en moneda extranjera.
Con información de Globovisión