Lo Último

.

.

lunes, 2 de abril de 2012

Los medios sin acceso al expediente para el silencio del agua

Al mediodía del pasado viernes, 30 de marzo, CONATEL remitió a Globovisión una copia fotostática del Oficio No 238-12 fechado el 21 de marzo, mediante el cual el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, le informa al Director de CONATEL –y no a Globovisión– que por decisión del 21 de marzo, ese Juzgado presuntamente decretó una MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA “con respeto a la información veraz”.

La presunta medida cautelar insta a los distintos medios de comunicación, “actuar con extrema responsabilidad al momento de difundir cualquier tipo de información relacionada con la presunta contaminación de los cuerpos de agua cruda y potable,… que no haya sido debidamente avalados por un 'ORGANISMO TECNICO COMPETENTE PARA ELLO”.

En la tarde de ese mismo día viernes, los representantes legales de Globovisión se trasladaron al mencionado Juzgado Vigésimo Quinto de Control con la finalidad de tener acceso al expediente donde supuestamente se ha dictado esta Medida Cautelar, conocer el texto y alcance de la misma, y de ser el caso, darse por notificado. Sin embargo, por segunda vez en el lapso de una semana, desde que la Fiscalía anunció la presunta medida cautelar, el Juez nos negó el acceso al expediente que supuestamente contiene esta medida, y por tanto, la posibilidad de conocer en qué consiste exactamente y qué es lo que se restringe, y darnos por notificados.

No obstante esta gravísima situación de incertidumbre e indefensión, CONATEL “exhorta” a Globovisión a cumplir con la presunta medida cautelar, pero bajo advertencia de que en caso de incumplimiento, podría incurrirse en delitos que de alguna forman conlleven a crear pánico y zozobra.

Los representantes legales de Globovisión ha hecho lo necesario para confirmar la existencia de la presunta Medida Cautelar y conocer sus fundamentos y sus consecuencias, pues sólo entonces podrá dársele ejecución a la Medida, si fuere el caso, o impugnarla de conformidad con la Ley.

En cualquier caso, Globovisión ratifica que con o sin Medida Cautelar, todas las “informaciones” difundidas en relación con la presunta contaminación del agua, incluso las transmitidas antes del anuncio de la Fiscal General de la República, han cumplido y cumplen con el doble requisito de información “oportuna” y “veraz”, basadas en soportes técnicos, conforme al artículo 58 de la Constitución y a la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Y de este modo seguirá informándose, como ha sido siempre su compromiso ético