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miércoles, 12 de agosto de 2015

CORTE INTERAMERICANA SESIONARÁ EN HONDURAS



San José, Costa Rica, 12 de agosto de 2015.- La Corte Interamericana celebrará del 24 al 29 de agosto de 2015 su 53 Período Extraordinario de Sesiones en Honduras. En el marco de éste, se realizarán dos audiencias públicas sobre casos contenciosos y una audiencia privada sobre la supervisión conjunta del cumplimiento de sentencias emitidas en seis casos en contra de Honduras. Igualmente, la Corte estudiará la posibilidad de dictar sentencias en dos casos contenciosos. Aprovechando la presencia de la Corte Interamericana en Honduras durante el mencionado período de sesiones, se realizarán dos diligencias judiciales respecto de dos casos en contra de Honduras.

Asimismo, previo a dicho período de sesiones, el 21 de agosto de 2015 la Corte Interamericana ha organizado el seminario internacional “Justicia Interamericana y Diálogo Jurisprudencial”, que se llevará a cabo en el Auditorio Río Blanco de la Universidad Tecnológica de Honduras en San Pedro Sula. De la misma manera, el 26 de agosto de 2015 se dictará el seminario internacional “Corte Interamericana de Derechos Humanos, Impacto y Jurisprudencia sobre Grupos en Situación de Vulnerabilidad’’, que se llevará a cabo en el Hotel Plaza Juan Carlos en Tegucigalpa.

Toda la información sobre dicho Período Extraordinario de Sesiones se encuentra disponible en el siguiente enlace: http://www.corteidh.or.cr/honduras/

1.    Audiencias públicas sobre casos contenciosos

a.    Caso Quispialaya Vilcapoma Vs. Perú

Entre las 15:00 y 19:00 horas del 24 de agosto de 2015, la Corte escuchará las declaraciones de la presunta víctima, propuesta por sus representantes, y de un testigo, propuesto por el Estado. Igualmente, la Corte escuchará los alegatos finales orales de las partes, así como las observaciones finales de la Comisión, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas.

El caso se relaciona con la presunta afectación a la integridad personal en perjuicio del señor Valdemir Quispialaya Vilcapoma. Dicha alegada afectación se habría dado como consecuencia de un golpe recibido por el señor Quispialaya el 23 de enero de 2001, por parte de un suboficial del Ejército Peruano, durante una práctica de tiro, mientras prestaba el servicio militar. Según se alega el golpe se habría propinado con la culata de un arma de fuego en la frente y ojo de la víctima. Meses después, el señor Quispialaya habría sido ingresado al Hospital Militar Central de Lima, donde a pesar de la intervención quirúrgica que le practicaron, habría perdido la capacidad visual de su ojo derecho. Asimismo, estos hechos responderían a un presunto patrón de torturas y tratos crueles inhumanos o degradantes que ocurrirían al interior de las dependencias militares, el cual tendría su origen en una arraigada y errónea interpretación de la disciplina militar. Se alega que el Estado no habría provisto de recursos efectivos a la víctima y sus familiares, pues no habría sido iniciada una investigación de oficio por las autoridades competentes; no se habrían adoptado las medidas pertinentes para salvaguardar el objeto y fin del proceso penal a pesar de que el señor Quispialaya denunció reiteradamente la existencia de amenazas en su contra y en contra de otros testigos de los hechos; el proceso habría sido conocido por la jurisdicción militar durante casi 7 años; y el proceso habría tenido una duración irrazonable.

b.    Caso Ángel Alberto Duque Vs. Colombia

Entre las 9:00 y las 13:00 horas, así como entre las 15:00 y las 19:00 horas del 25 de agosto de 2015, la Corte escuchará las declaraciones de la presunta víctima y de un perito, propuestos por los representantes, y de un testigo y un perito, propuestos por el Estado, así como de un perito, propuesto por la Comisión Interamericana. Igualmente, la Corte escuchará los alegatos finales orales de las partes, así como las observaciones finales de la Comisión, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas.

El caso se relaciona con la supuesta responsabilidad internacional de Colombia por la alegada exclusión del señor Duque de la posibilidad de obtener una pensión de sobrevivencia tras la muerte de su pareja, supuestamente con base en que se trataba de una pareja del mismo sexo. Asimismo, habría sido víctima de discriminación con base en su orientación sexual en razón de que, aunque el fin invocado consistente en la protección de la familia era legítimo en abstracto, la alegada diferencia de trato no podría considerarse idónea porque el concepto de familia referido por el Estado sería “limitado y estereotipado”, excluyendo supuestamente de manera arbitraria formas diversas de familia como las formadas por parejas del mismo sexo. Adicionalmente, el Estado no habría proveído a la presunta víctima un recurso efectivo frente a la supuesta violación y que, por el contrario, las autoridades judiciales que conocieron el caso habrían perpetuado con sus decisiones los perjuicios y la estigmatización de las personas y parejas del mismo sexo. Finalmente, debido a los múltiples factores de vulnerabilidad en que encontraría el señor Duque, incluyendo el hecho de ser portador de VIH y su condición económica, la presunta víctima también se habría visto afectada en su derecho a la integridad personal.

2.    Audiencia privada sobre la supervisión de cumplimiento de sentencia conjunta para 6 casos de Honduras

Entre las 08:00 y las 10:45 horas del 29 de agosto de 2015 se realizará una audiencia privada sobre supervisión de cumplimiento de las sentencias en los casos Juan Humberto Sánchez, López Álvarez, Servellón García, Kawas Fernández, Pacheco Teruel y otros y Luna López. Dicha audiencia tiene como objeto recibir por parte del Estado información actualizada y detallada sobre el cumplimiento de determinadas medidas de reparación pendientes en los mencionados casos, así como escuchar las observaciones de los representantes de las víctimas en los seis casos, y el parecer de la Comisión IDH al respecto. Las reparaciones cuyo cumplimiento será tratado en dicha audiencia se refieren a: i) condiciones de centros penitenciarios, capacitación de funcionarios y registro de detenidos; ii) protección de defensores de derechos humanos, en particular del medio ambiente, y iii) obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar las violaciones a derechos humanos ocurridas en dichos casos.

3.    Estudio de Sentencias

La Corte analizará la posibilidad de dictar sentencias en los siguientes casos:

a.    Caso González Lluy (TGGL) y familia Vs. Ecuador

El caso se relaciona con la presunta responsabilidad internacional del Estado por la supuesta afectación a diversos derechos, entre ellos la vida digna e integridad personal de Talia González Lluy, como consecuencia del contagio con VIH tras una transfusión de sangre que se le realizó el 22 de junio de 1998, cuando tenía tres años de edad.

b.    Caso Galindo Cárdenas y otros Vs. Perú

El caso se relaciona con la presunta detención ilegal del señor Luis Antonio Galindo Cárdenas el 16 de octubre de 1994, cuando ejercía el cargo de Vocal Provisional de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. Dicha alegada detención habría tenido por objeto que él se acogiera al Decreto Ley No. 25.499, conocido como “Ley de Arrepentimiento”, admitiendo supuestos actos de colaboración con el terrorismo.

4.    Seminarios Internacionales

a.    Seminario “Justicia Interamericana y Diálogo Jurisprudencial”

La Corte Interamericana ha organizado un seminario internacional titulado “Justicia Interamericana y Diálogo Jurisprudencial,” que se realizará el 21 de agosto de 2015 entre las 8:00 y 12:30 horas en el Auditorio Río Blanco de la Universidad Tecnológica de Honduras, San Pedro Sula. Dicho seminario será dictado por jueces y abogados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y contará con la participación de altas autoridades hondureñas.

b.    Seminario “Corte Interamericana de Derechos Humanos: Impacto y Jurisprudencia sobre Grupos en Situación de Vulnerabilidad”

El 26 de agosto de 2015 se realizará el seminario titulado “Corte Interamericana de Derechos Humanos, Impacto y Jurisprudencia sobre Grupos en Situación de Vulnerabilidad,” que contará con la participación de altas autoridades hondureñas, abogados de la Corte Interamericana, y expertos internacionales en la materia. Dicho seminario se realizará entre las 8:15 y 16:20 horas en el Hotel Plaza Juan Carlos en Tegucigalpa.

Toda la información referida a dichos seminarios internacionales, así como los programas de los mismos pueden encontrarse en el siguiente enlace: http://www.corteidh.or.cr/honduras/agenda.html

El ingreso a los seminarios internacionales es libre y gratuito. Con el fin de confirmar la participación y recibir una certificación por la asistencia, las personas interesadas deberán inscribirse en el siguiente enlace:http://www.corteidh.or.cr/honduras

5.    Diligencias judiciales

Igualmente, se realizarán dos diligencias judiciales en torno a los casos de las Comunidades Garífuna Triunfo de la Cruz y sus Miembros y Punta Piedra y sus miembros, ambos en contra de Honduras.

6.    Revisión de casos y asuntos pendientes, así como de cuestiones administrativas

Asimismo, la Corte examinará diversos casos, medidas provisionales y cumplimiento de sentencias que se encuentran bajo su conocimiento y, a su vez, analizará cuestiones administrativas. La composición de la Corte para este período de sesiones será la siguiente: Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Presidente; Roberto F. Caldas (Brasil), Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles (Costa Rica); Diego García-Sayán (Perú); Alberto Pérez Pérez (Uruguay); Eduardo Vio Grossi (Chile); y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México).


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Este presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma. Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte Interamericana http://corteidh.or.cr/ o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de otros tratados concernientes al mismo asunto y fue establecida en 1979. Está conformada por juristas de la más alta autoridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos elegidos a título personal.