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martes, 20 de diciembre de 2011

Condenan a 16 años de prisión a hombre por abusar sexualmente de una niña


La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Eladio Aponte Aponte, desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa de Hildo Rafael Rivas Martínez, quien fue condenado a prisión por la comisión del delito de violación en perjuicio de una niña.

En el presente caso la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, el 9 de febrero de 2011, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Hildo Rivas Martínez, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, extensión Barlovento, que lo condenó a 16 años de prisión por la comisión del delito de violación en perjuicio de una niña.

Contra el fallo de la Corte de Apelaciones fue interpuesto un recurso de casación por la defensa de Rivas Martínez, que al ser estudiado por la Sala del Máximo Tribunal del país constató que se pretendió atacar conjuntamente la decisión emitida por el Tribunal de Juicio y por la Corte de Apelaciones.

Al respecto la Sala del TSJ indicó que lo anterior “contradice, lo descrito en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, que reserva el recurso de casación, para impugnar exclusivamente el fallo pronunciado por las Cortes de Apelaciones”.

Además el Alto Juzgado venezolano constató que la defensa de Hildo Rivas omitió expresar concretamente, cómo en su concepto, fueron presuntamente infringidas las normas jurídicas enumeradas en su escrito recursivo, como lo exige el artículo 462 del Código Adjetivo, por lo que se desestimó el recurso judicial.