Lo Último

.

.

lunes, 17 de septiembre de 2012

NACIONALES


El caso Caldera en detalle: analistas evalúan la perspectiva moral, jurídica y política del video

Una rueda de prensa en el Palacio Federal Legislativo, convocada por diputados del Psuv para las 10 de la mañana, prometió “importantes anuncios” al país; quizás por lo escandalosas de las más recientes convocatorias de prensa de los actores políticos, la participación de los medios fue masiva.
El anuncio: un video que mostró a un hombre que siguiendo instrucciones de su “jefe”, entregó al diputado de Primero Justicia, Juan Carlos Caldera, una suma de dinero que posteriormente el parlamentario diría que se trató de 40 mil bolívares; todo eso envuelto en una conversación sobre “una tarea sin cumplir”; y la posibilidad de un encuentro con el candidato presidencial Henrique Capriles.
El diputado Julio Chávez planteó interrogantes sobre los “hechos irregulares” ; acerca de si “estarían recibiendo financiamiento del exterior” o si la “tarea sin cumplir” se refería a “planes desestabilizadores”. Entre una interrogante y otra, el parlamentario oficialista, en respeto del “principio inocencia”, insertó en sus frases el “presuntamente”.
Se abrieron algunos debates: ¿fue una decisión precipitada del comando y del partido? ¿Es una muestra de la inflexibilidad a la irregularidad? ¿dieron la espalda a un compañero?, o “debe ser la actitud de un posible estadista”.El candidato presidencial Henrique Capriles lo separó de su proyecto y sus funciones dentro del Comando Venezuela, igualmente Primero Justicia dio su posición “institucional” sobre el caso y separó a Caldera de la militancia y anunció la apertura de una investigación disciplinaria; todo se sentenció en poco menos de 5 horas y un poco antes de que el Diputado explicara su actuación.
El diputado Caldera expuso su versión de lo sucedido; según él, recibió dinero del empresario Wilmer Ruperti para financiar su campaña por la alcaldía de Sucre. ¿Por qué debe ser juzgado el parlamentario?, ¿corrupción?, ¿financiamiento ilícito?, ¿falló al Código de Ética de los Funcionarios Públicos?, ¿hay acá alguna violación de los derechos humanos?.
El abogado penalista Alfredo Romero basado en la información que se conoce hasta la fecha explicó que se “puede obtener dinero de las fuentes de financiamientos de manera libre, siempre y cuando lo notifiquen al Consejo Nacional Electoral, eso es un punto que le da indicio de legalidad”.
Sobre esto la Ley de Partidos Políticos, en el artículo 25 del Capítulo III, establece que:
“(…)las directivas nacionales de las organizaciones políticas deberán presentar ante el Consejo Supremo Electoral y las Directivas Regionales por ante la Gobernación del Estado, un libro diario, un libro mayor y un libro de inventario(…)”
Para Romero la palabra “soborno no encaja aquí, (…) no entiendo qué beneficio le pueda dar Caldera siendo diputado; parece que lo que se intenta mostrar es un beneficio en un futuro gobierno, pero mientras no sea nuevo gobierno no hay soborno”.
Por su parte Mercedes de Freitas, directora de Transparencia Venezuela, también descartó la teoría del soborno, “si uno ve el video, no se ve alguna propuesta que el diputado pudiera hacerle, considerando la posición que tiene la oposición en la Asamblea, no parece tener poder de decisión para ofrecerle algo a un empresario”.
Gonzalo Himiob, abogado penal y profesor universitario, evaluó 3 perspectivas: moral, jurídica y política. Desde el punto de vista jurídico coincidió con Romero al destacar la libertad de obtención de recursos siempre que sean notificados.
El penalista consideró que Caldera no ha violentado el patrimonio público, ni estuvo actuando a título de parlamentario, por lo que a su juicio “no corresponde analizar si se le allana la inmunidad parlamentaria, antes de siquiera pensar en eso, habría demostrar que hay un delito de capitales indebidamente habidos, soborno, corrupción, etc (…) de momento lo que se conoce puede verse con una falta a la disposición electoral”.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tipifica:
Articulo 200. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o de la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.
Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.
Para Himiob, el aspecto moral es quizás el más difícil de manejar, “por el hecho de recibir apoyo de una persona que tiene vínculos directos con quienes le son opuestos, siendo que la persona ha nombrado Caldera – el empresario Wilmer Ruperti– es un hombre que incluso ha sido condecorado por el presidente Chávez”.
En este sentido el Código de Ética de los Funcionarios Públicos establece:
7. Rechazar en cualquier caso y circunstancia y no solicitar jamás, ni para sí mismo ni para terceros, pagos, beneficios o privilegios en ocasión de los servicios que deba prestar.
Sin embargo, esto puede formar parte del debate individual de lo moral y ético, en tanto se quiera diferenciar si hubo una actuación a título personal, como factor político o bajo su investidura.
Alfredo Romero agregó que “– sin caer en la defensa de un hecho irregular— lo que sí es claramente ilegal es grabar a alguien sin la autorización de un tribunal, y por otra parte presentarlo en un canal del Estado sin la autorización de la persona” , hecho que también calificó de inconstitucional.Más allá de la falta que pudiera haber cometido el diputado Caldera, Himiob consideró que estando en su lugar él debería “acudir a alguna instancia nacional y si no a las internacionales, que le den una medidas elementales de protección para evitar que se ponga en peligro su integridad física”.
La representante de Transparencia Venezuela, vio “extraño que se grabe un video, se deje pasar un tiempo y luego se difunda. Allí se debería demostrar la mala fe, siendo que se muestre a tampoco tiempo de la campaña”.

Lo político: La tercera pata

El penalista, Gonzalo Himiob apuntó a un tercer elemento: el político, “la tercera pata, y es por qué se hace público este video justo cuando se conocen las confesiones directas de un exmagistrado del Tribunal Supremo de Justicia, donde dice que recibió ordenes de violentar la Constitución y las leyes para condenar a una personas que son inocentes…”
De Freitas además rescató que sea esto una estupenda oportunidad para discutir temas importantes, asegurando que a los venezolanos no les gusta saber que habrá dinero público para las campañas; sin embargo en América Latina se ha avanzado mucho en el financiamiento público con la finalidad de garantizar un mínimo de oportunidad para los ciudadanos porque sino solo los millonarios pueden hacer campaña, o aquellos que se atreven a caminar por los caminos del narcotráfico. El que los partidos tengan dinero significa que todo aquel que desee hacer una carrera política cuente con un dinero destinado para eso, y de alguna manera controlar el techo del financiamiento privado.
Por Indira Guerrero / Noticias24