Dos expertos laboralistas opinaron favorablemente sobre la prepublicación del reglamento del nuevo régimen laboral juvenil, que realiza precisiones sobre la norma
Ahora las empresas que contraten a jóvenes de entre 18 y 24 años deberán de capacitarlos de forma obligatoria, tal como señala el artículo 19 del reglamento, indicó el laboralista Andrés León.
"Si ahora hay un joven que es contratado mediante esta ley y mediante este reglamento deberá recibir capacitación, una capacitación que luego la empresa podrá utilizar ese gasto como reducción de impuesto a la renta y que tiene una duración máxima de 400 horas y mínima de 60", precisó León.
Si bien este régimen no excluye a los jóvenes con estudios universitarios, está más dirigido a los técnicos, pues el periodo de capacitación no abarcaría una formación académica sino técnica, específica y de poca duración
Por otro lado, el reglamento contempla la creación de nuevas plazas hasta en un 25% por encima de la planilla, es decir la empresa no podrá despedir empleados para reemplazarlos por unos nuevos señaló el laboralista Javier Dolorier.
"Si una empresa tiene 100 trabajadores no puede despedir a 25 y contratar a 25 bajo este régimen, pero lo que dice el reglamento es el 25% se calcula sumando los nuevos trabajadores los nuevos jóvenes incorporados bajo este régimen, no se pone en el caso de reemplazar sino que sirva para nuevas incorporaciones", detalló Dolorier.
Aquellas empresas que opten por contratar y capacitar jóvenes a través del nuevo régimen laboraltendrán un beneficio en la reducción del impuesto a la renta de 2%. RPP