Las empresas de seguros del país deberán ofrecer, a partir de marzo de 2012, pólizas solidarias de salud, accidentes personales y servicios funerarios para beneficiar a los jubilados, pensionados, adultos mayores y personas con alguna discapacidad, enfermedades físicas o mentales, cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias (Bs. 1900).
Así quedó establecido en la Gaceta Oficial Nº 39.762 que circuló este jueves, en la que la Superintendencia de la Actividad Aseguradora estableció el mínimo de pólizas solidarias que deberá suscribir cada empresa.
De la cantidad de pólizas asignadas, como mínimo, el 60% de éstas será para los seguros de salud.
La cobertura anual del seguro de salud será de Bs. 30.000, mientras que la tarifa de maternidad será de Bs.15.000 y de Bs. 20.000 para seguro funerario.
Entre los gastos a ser cubiertos destacan los tratamientos dentales como consecuencia de accidentes y aquellos originados por conceptos de rehabilitación destinada a la recuperación de la capacidad física del asegurado.
También están cubiertos los gastos por concepto de ambulancia terrestre e intervención quirúrgica por obesidad mórbida.
Estas pólizas de seguro solidario forman parte de los aportes sociales que deberá hacer el ramo de las aseguradoras, para beneficiar a los sectores menos favorecidos como lo establece la ley que rige esta actividad, instrumento legal que fue aprobado por la Asamblea Nacional en 2010.
La Gaceta Oficial establece además que las empresas aseguradoras deben realizar campañas publicitarias para la promoción y divulgación de las pólizas solidarias.
Igualmente, se creará el Registro Único de Seguros Solidarios (Russ), base de datos en la que se recopilará la información relacionada con emisiones, renovaciones, suscripciones y prestación de servicios de este tipo de pólizas.
Las empresas de seguros convenirán, conjuntamente con las instituciones hospitalarias y con los organismos del Estado, un baremo único de costos solidarios.
La Superintendencia de la Actividad Aseguradora colocará en su portal de Internet un enlace a través del cual las empresas de seguro podrán consultar la información mínima necesaria relacionada con esta nueva modalidad de seguros.
Sobre la Ley de la Actividad Aseguradora que incluye la cobertura a las enfermedades mentales, el diputado de la AN, Tirso Silva, había comentado en el momento del debate que en las pólizas de seguros la enfermedad mental siempre quedó excluida porque las empresas consideraban que el enfermo mental no es rentable.
Al respecto, refirió que en la ley se incluyó la atención al enfermo mental para hacer justicia social, pese a la resistencia que tienen las clínicas privadas y las empresas aseguradoras.