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jueves, 7 de junio de 2012

OIE respalda derecho a huelga



La Organización Internacional de Empleadores (OIE), reiteró en la Comisión de Aplicación de Normas (CAS) que se llevó a cabo dentro de la 101ª Asamblea de la Conferencia Internacional del Trabajo que se celebra en Ginebra, que la Comisión de Expertos, organismo asesor de la OIT, no posee facultades normativas ni jurisdiccionales respecto al contenido de los Convenios adoptados de manera tripartita en la Conferencia Internacional del Trabajo.


Esta posición fue formulada con motivo del Estudio General elaborado por la Comisión de Expertos referido al contenido de los ocho Convenios Fundamentales de la OIT, sometido a la revisión de la CAS, en el cual la Comisión de Expertos interpretó que el derecho de huelga está incluido en el Convenio 87 sobre Libertad Sindical.



Este tema había sido regulado en el Tratado de Versalles y acordado en las Conferencias celebradas en los años 1926 y 1947, en los cuales quedó claramente establecido que la Comisión de Expertos sólo tiene carácter de asesor técnico de la OIT. Los empleadores solicitaron en esta Conferencia incluir una nota al final del texto del Estudio General que dejara constancia de esta condición asesora de la Comisión de Expertos.



Los empleadores no cuestionan la existencia del derecho a huelga, sino la violación a la regla; ya que las resoluciones deben ser aprobadas por la Asamblea de miembros tripartitos de la OIT (trabajadores, empleadores y gobiernos) y no mediante opiniones de una comisión de carácter consultivo. 



Argumentaron que se trata de un tema jurídico-administrativo sobre la delimitación de funciones entre las máximas instancias jerárquicas de la OIT, que son los miembros tripartitos de la Conferencia y las unidades administrativas y de apoyo externo de la Oficina de la OIT. Además, se planteó que el derecho de huelga es materia de regulación nacional de cada país. En Venezuela, el derecho a huelga existe en nuestra legislación desde hace mucho tiempo y el conglomerado empresarial, representado por FEDECAMARAS respalda ese derecho y todas las conquistas laborales.



Los trabajadores apoyaron la interpretación de la Comisión de Aplicación de Normas y, en contrapartida a la posición de los empleadores, se negaron a adoptar un acuerdo sobre la Lista de casos de países denunciados por presunta violación de los Convenios de OIT, la cual se discute cada año en el seno de la CAS, siendo este año la primera vez que dicha lista no es convenida en las reuniones de la Comisión.



La resolución final de la Comisión de Aplicación de Normas estableció que el tema organizativo-funcional sea sometido a la decisión del Consejo de Administración que se reunirá el próximo viernes 15 de junio y, asimismo, que todos los países incluidos en una lista preliminar de 49 Estados miembros denunciados por presunta violación de los Convenios de la OIT presenten una Memoria ante la Comisión que refleje el estado actual de los casos.



El caso de Venezuela no estaba incluido en la lista preliminar debido a que está prevista la visita al país de la Misión de Alto Nivel de la OIT acordada para el próximo mes de octubre.
AFP