Exoneran del ISRL al enriquecimiento por actividades primarias productivas
El enriquecimiento neto, proveniente de la explotación primaria de las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas fue exonerado del Impuesto Sobre La Renta, por orden del Ejecutivo Nacional.
De acuerdo al Decreto Presidencial 2.287, publicado en la Gaceta Oficial 40.873, esta medida tiene por objeto contribuir a la protección del productor y los rubros naturales, así como incentivar al sector agropecuario.
El texto señala que quedan exonerados también los procesos de cosechado, trillado, secado, almacenamiento, en el caso de la producción agrícola; el cortado, descortezado, aserrado, secado y almacenamiento en la actividad forestal; y la matanza o beneficio, conservación y almacenamiento en las actividades de producción avícola, pecuaria o piscícola.
El decreto estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 y los beneficiarios de esta exoneración deberán actualizar su RIF y destinar el 100% de la cantidad no gravada a la inversión, investigación y mejoramiento de su actividad económica.