El abogado constitucionalista Jesús María Casal expresó con respeto al caso de María Corina Machado que la Asamblea Nacional y su directiva no tienen competencia para negar a un diputado su condición, derivada del mandato popular.
Indicó que no se puede admitir que la directiva le niegue a un parlamentario su cargo y pareciera que lo razonable es que el caso de su intervención en la OEA se sume a la investigación que se inició en su contra y cursa en la Fiscalía General de la República.
Explicó, en el programa Primera Página de Globovisión, que Machado quiso obtener un derecho de palabra y para ello se sirvió del apoyo o gentileza del Gobierno de Panamá, el cual decidió incluirla entre los integrantes de su delegación. En su opinión, no se trató de un cargo permanente o de embajador y no hace falta darle la vuelta a la norma.
Casal dijo que es evidente que Machado no ejerció un cargo de carácter permanente, que es importante interpretar y no hacía falta que la carta de la delegación de Panamá refiriera que se trataba de una representación accidental.
Desde su punto de vista, la aplicación del artículo 149 de la Constitución en el caso Machado debe llevarse a debate a la Asamblea Nacional, al igual que sobre el artículo 191 y respetar la aplicación de las mayorías para la separación de un diputado de la curul.