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viernes, 20 de julio de 2012

A ULTIMA HORA 20 DE JULIO


BCV autoriza apertura de cuentas en moneda extranjera en bancos nacionales


El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó el mantenimiento de cuentas en divisas a personas naturales y empresas residenciadas en el país, así como a personas jurídicas no domiciliadas en la República que participan en los proyectos de inversión pública estratégicos que lleva adelante el Gobierno nacional.
La medida, establecida en el convenio cambiario Nº 20 que entró en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial No 39.968., permite a compañías extranjeras que participen en proyectos de inversión pública mantener fondos en otras monedas diferentes al Bolívar.
Estas cuentas en moneda extranjera se podrán mantener en los bancos universales que funcionan en el país, los cuales están regidos por la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
El convenio establece que las referidas instituciones bancarias podrán recibir estos depósitos en divisas en cuentas a la vista o a plazo.
"Los depósitos en moneda extranjera podrán movilizarse mediante retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente o mediante transferencias o cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior", indica la normativa.
En el caso de las personas naturales y jurídicas domiciliadas en el país, los recursos para alimentar estas cuentas provendrán de la venta de los bonos denominados en moneda extranjera emitidos por la República o sus entes descentralizados por intermedio del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (Sitcome) o el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), ambos administrados por el BCV.
El convenio estable además que los bancos universales receptores de los depósitos en moneda extranjera deberán mantener éstos en cuentas en el Banco Central de Venezuela y enviar mensualmente al ente emisor información detallada sobre los fondos que mantengan en divisas.
Igualmente establece que las empresas públicas que obtengan divisas por exportación podrán destinar hasta 5% del saldo promedio mensual a la adquisición de bonos a través del Sitme.


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