Los lineamientos para la afiliación al sistema del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y Fondo Voluntario para la Vivienda, fueron publicados este martes en la Gaceta Oficial 39.775.
Entre otras cosas, la norma señala que toda persona natural que no tenga dependencia laboral podrá afiliarse al Fondo Voluntario para la Vivienda para hacer aportes mensuales.
El FAOV concentra los aportes mensuales de patrono y trabajador para el acceso a créditos para la compra de vivienda.
Toda persona que desee afiliarse podrá realizarlo a través de la página web: www.banavih.gob.ve