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lunes, 3 de febrero de 2014

Defensa Pública atendió más de 15 mil casos relacionados al alquiler de inmuebles en 2013

Nota de prensa).- El Defensor Público General, Ciro Araujo, durante el programa “Habla la Defensa Radio”, dio a conocer los beneficios que otorga la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios, con el propósito de brindar el servicio a los venezolanos y ofrecer asesoría y orientación legal para contribuir a dar solución a los problemas de vivienda.
La máxima autoridad de la Defensa Pública resaltó que durante el 2013 lograron asesorar y representar a 15.341 personas en materia inquilinaria, “seguimos trabajando de la mano con el Poder Popular para mejorar su calidad de vida, los invitamos a que se acerquen a la institución para que busquen una solución a su problemática”.
En este sentido, Araujo señaló que “es interesante definir desde el punto de vista constitucional el derecho a la vivienda, plasmado en el artículo 82 de la Constitución Bolivariana de Venezuela: ‘Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos’”.
Sostuvo que esa primera parte de la Carta Magna tiene rango constitucional, “es por ello que la Defensa Pública posee la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios, cuyo objetivo se establece en el artículo 1 de la misma:
Artículo 1. La presente Ley, tiene por objeto establecer el régimen jurídico especial de arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados total o parcialmente; en el marco de la novedosa legislación y Política Nacional de Vivienda y Hábitat, como un sistema integrado dirigido a enfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente; con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población; contrarrestando la mercantilización y la especulación económica con la vivienda, que la convierte en un medio de explotación y opresión del ser humano por el ser humano; y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social, de derecho y de justicia, cumpliendo el mandato de refundación de la República, establecido en la Carta Magna.
Adicionó que según el artículo 28 de la referida Ley, la Defensa Pública, en desarrollo de la activación de la competencia en materia civil y administrativa especial inquilinaria y para la defensa del derecho a la vivienda, debe ponerse al servicio del sistema rector nacional para la defensa de los derechos de los arrendatarios y arrendatarias y del derecho a la vivienda, y de todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, en el territorio nacional.
“Es importante que la gente tenga conocimiento de que en cualquier parte del país tenemos a la disposición una sede de la Defensa Pública, donde todos los ciudadanos podrán ser asesorados, representados y orientados de manera gratuita”, sumó.
Por su parte, el Defensor Público Provisorio Segundo en materia inquilinaria, Óscar Dámaso, dio a conocer los beneficios que posee la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y cómo los Defensores Públicos pueden orientar al Poder Popular.
“Lo que busca esta Ley es equilibrar la garantía de los derechos que poseen los arrendadores y arrendatarios, aplicando mecanismos idóneos para conseguir una solución a la problemática de ambas partes”, manifestó.