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miércoles, 25 de mayo de 2011

Fumadores pasivos podrán exigir su espacio libre de humo

El próximo martes 31 de mayo entrará en vigencia la resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud que prohíbe fumar en espacios cerrados, sean lugares públicos o privados.

Según la nueva norma, "queda prohibido fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea su uso incluyendo el transporte", refiere la misma, publicada en el portal web del Ministerio.

La medida entrará en vigencia cuando se celebra el Día Mundial de No Fumar y se cumple el plazo de 90 días estipulado en la norma para su debida aplicación en todo el país, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 030 publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.627 del 02 de marzo de 2011.

Según la resolución, los propietarios y administradores de lugares públicos y/o de trabajo deben colocar un aviso público en donde se anuncia que se está en un ambiente 100% libre de humo de tabaco y que se prohíbe fumar.

Las dimensiones de este aviso son iguales o mayores a 80 centímetros de ancho por 50 centímetros de largo. El costo de su elaboración corre por cuenta de cada uno de los establecimientos objeto de la aplicación de la citada normativa.

Esta política de ambientes libres de humo forma parte de los principales logros del Gobierno venezolano en materia de prevención de enfermedades y promoción de salud, considerando que el cáncer de pulmón es el tipo más frecuente y principal causa de muerte en el mundo.

La Resolución de Ambientes Libres de Humo de Tabaco tiene su basamento legal en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Salud y la Ley Aprobatoria del Convenio Marco de la Organización Mundial de Salud para el Control del Tabaco, que data del año 2005 y fue ratificado por el Estado venezolano en el año 2006.

(VTV/AVN)

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