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martes, 6 de mayo de 2014

En Gaceta calificación de bienes de primera necesidad para trámites de aduana


Este martes fue publicada en Gaceta Oficial una resolución conjunta de los ministerios de Economía, Finanzas y Banca Pública, Agricultura y Tierra y Alimentación que califica los bienes de primera necesidad a los efectos de la Ley Orgánica de Aduanas. 

La resolución define como bienes de primera necesidad o consumo masivo algunos rubros como la carne de animales vivos de especia bovina, excluido los de raza pura y para lidia. 

También incluye a la leche y nata, sin adición de azúcar o edulcorantes, así como arvejas, frijoles, maíz y lentejas no destinadas para la siembra. 

Esta resolución estará vigente por un año.