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lunes, 27 de diciembre de 2010

Inicia segunda discusión de la reforma a Ley Sobre el Contrabando

La Asamblea Nacional lleva a cabo la discusión artículo por artículo del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, presentado por segunda vez en el hemiciclo. El proyecto establece que quien extraiga del territorio nacional y demás espacios geográficos petróleo, combustible, minerales o demás derivados, sin cumplir las formalidades establecidas en las leyes y disposiciones que regulan la materia, será sancionado con prisión de diez a catorce años.

La Reforma de Ley Sobre el Delito de Contrabando, instrumento que vendría a derogar la vigente desde el año 2005, tiene como objeto tipificar y sancionar los actos y omisiones que constituyan ilícitos penales o administrativos en materia de contrabando.

Destaca en el contenido de este nuevo instrumento la denominación de contrabando y sus modalidades estableciendo que: “Quien por cualquier vía, introduzca al territorio y demás espacios geográficos de la República, extraiga de éste mercancías o bienes, públicos o privados, o haga tránsito aduanero por rutas o lugares no autorizados, sin cumplir los requisitos, formalidades o controles aduaneros será sancionado con prisión de cuatro a ochos años”.

Se sanciona, también, a los funcionarios actuantes o depositarios se apropien, dispongan, consuman o distribuyan las mercancías retenidas o incautadas en materia de contrabando o alteren su entrega a la autoridad competente, con prisión de cinco a nueve años.

Así como quien extraiga del territorio nacional y demás espacios geográficos petróleo, combustible, minerales o demás derivados, sin cumplir las formalidades establecidas en las leyes y disposiciones que regulan la materia, será sancionado con prisión de diez a catorce años.

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