La abogada Flavia Zarins señaló que a partir de hoy todas las empresas y entidades de trabajo “tienen que aplicar la jornada laboral prevista en la Ley Orgánica del Trabajo” y acotó que haceuna semana salió el reglamento de la Lottt, la cual aclaró algunas dudas.
Sin embargo, indicó que “muchos patronos esperaban este reglamento para poder introducir los cambios de jornada. Estuvimos un año esperando la entrada en vigencia del régimen de la jornada“.
Aseveró que este reglamento sirvió para despejar varias dudas pero otras no.
Dijo en la sección de entrevistas del Noticiero Televen que “debemos laborar cinco días a la semana con dos días de descanso remunerado (…) eso va a depender del tipo de actividad que se realice y del tipo de trabajador del cual estamos hablando“.
“En principio, las compañías deben laborar máximo 8 horas diarias, 40 semanal con dos días de descanso continuos y remunerados, esa es la jornada diurna ordinaria de trabajo. El domingo de por sí es un día feriado, con lo cual para la mayoría de las empresas sus días de descanso van a ser sábado y domingo o domingo y lunes, porque tienen que ser seguidos y remunerados”, indicó.
Asimismo, señaló que si el empleado labora un día sábado o domingo tiene derecho a un día compensatorio la semana siguiente y si trabaja los dos días, tendrá derecho a descansar dos día continuos de la semana siguiente.
“En la Ley Orgánica del Trabajo habla de la remuneración en día feriado, sin embargo allí hay una gran duda porque el artículo tiene un título que dice: ‘Pago en día feriado y de descanso’, pero cuando lees la normativa te das cuenta que la remuneración habla de un pago adicional que sería el día de trabajo mediodía más, pero en casos de día feriado, lo cual queda la gran interrogante si yo trabajo el sábado, si me va a corresponder eso. Pareciera que no se considera feriado, pero hay una discordancia entre el título del artículo y el contenido del mismo, de hecho el reglamento no aclara esta duda”, agregó
Añadió que “debe haber una interpretación oficial ya sea de la Ley o del reglamento en este sentido. Vamos a ver si ya los tribunales se encargarán de interpretarlo. No hemos visto declaraciones en este sentido del Ministerio del Trabajo, pero sería importante que el ente aclarara esta situación, sobre todo para las personas que laboran en su día de descanso que no sea un día domingo”.