Lo Último

.

.

miércoles, 29 de abril de 2015

Paquete de abril de procedimientos por incumplimiento: principales decisiones

En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos por incumplimiento, la Comisión Europea ha emprendido una serie de acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido adecuadamente las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan muchos sectores, pretenden garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
La Comisión ha adoptado hoy 120 decisiones, incluidos 38 dictámenes motivados y 6 remisiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Asimismo, la Comisión archiva varios asuntos, que los Estados miembros afectados han solucionado sin que la Comisión tenga que seguir adelante con el procedimiento.
A continuación se resumen las principales decisiones. Para más información sobre los procedimientos por incumplimiento, véase MEMO/12/12. Para más detalles de todas las decisiones, véase el registro de decisiones sobre procedimientos por incumplimiento.
1. Remisiones al TJUE
Competencia: la Comisión lleva a ITALIA ante el Tribunal por no haber recuperado una ayuda ilegal
La Comisión Europea ha decidido llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE por no recuperar totalmente la ayuda estatal ilegalmente concedida a la industria hotelera de Cerdeña. Se trata de la segunda vez que la Comisión lleva a Italia ante el Tribunal en relación con la ayuda a varios hoteles en Cerdeña, ya que las autoridades italianas incumplieron la primera sentencia del Tribunal, de marzo de 2012 (asunto C-243/10). Esto se produce después de la decisión de la Comisión de julio de 2008 en la que descubrió que la Región Autónoma de Cerdeña había concedido ayudas a algunas empresas hoteleras en violación de las condiciones previstas en el marco aprobado por la Comisión. La Comisión ordenó a Italia que recuperase las ayudas ilegales por un importe de cerca de 15 millones de euros.
A día de hoy, no se han recuperado casi 13 millones de euros (de los 15 millones de euros iniciales). Por consiguiente, la Comisión solicita al Tribunal de Justicia que condene de nuevo a Italia y que le imponga una sanción de unos 20 millones de euros, además de una multa diaria de unos 160 000 euros, hasta que Italia haya recuperado totalmente la ayuda, poniendo así fin a la infracción.
(Más información: IP/15/4872 - Ricardo Cardoso, tel.: +32 22980100)
Medio ambiente: la Comisión lleva a FRANCIA ante el Tribunal por su deficiente tratamiento de las aguas residuales
La Comisión lleva a Francia ante el TJUE por no respetar la legislación de la UE sobre eltratamiento de las aguas residuales urbanas. Unas diecisiete aglomeraciones no disponen del tratamiento de aguas residuales que exigen las normas de la UE. Las aguas residuales urbanas sin tratar suponen un riesgo para la salud humana y el medio ambiente. La Comisión debe velar por que el nivel de tratamiento de las aguas residuales urbanas pueda garantizarse en toda la Unión Europea. Francia ya recibió en 2009 una primera advertencia respecto a este caso concreto, que afecta a zonas de entre 2 000 y 15 000 equivalentes habitante.
La normativa de la UE sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas data de 1991, y establece generosos plazos para su aplicación. Los Estados miembros disponían hasta el final de 2000 para garantizar el tratamiento adecuado de las aguas residuales de grandes aglomeraciones, y hasta el final de 2005 para los vertidos procedentes de aglomeraciones de mediano tamaño y para los vertidos en masas de agua dulce y estuarios procedentes de localidades pequeñas.
(Más información: IP/15/4873- Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión lleva a RUMANÍA ante el Tribunal por no modificar su legislación sobre residuos de envases
La Comisión lleva a Rumanía ante el TJUE por no haber incorporado a su ordenamiento jurídico la nueva legislación de la UE relativa a los residuos de envases. La Directiva sobre envases revisada actualiza las normas sobre envases y residuos de envases, con vistas a reducir su impacto sobre el medio ambiente.
Los Estados miembros tenían que dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva a más tardar el 30 de septiembre de 2013. Dado que Rumanía no respetó el plazo original, la Comisión le envió una carta de emplazamiento el 29 de noviembre de 2013, seguida por un dictamen motivado el 11 de julio de 2014. Más de un año y medio después de finalizado el plazo, la Directiva aún no ha sido incorporada a la legislación nacional. Por ello, la Comisión lleva a Rumanía ante el TJUE.
(Más información: IP/15/4874- Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión lleva a POLONIA y ESLOVENIA ante el Tribunal por deficiencias de aparatos eléctricos y electrónicos
La Comisión lleva a Polonia y a Eslovenia ante el TJUE por no transponer la legislación de la UE relativa al reciclado de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Esta normativa, que debía haber sido incorporada a la legislación nacional a más tardar el 14 de febrero de 2014, tiene por objeto prevenir o reducir los efectos medioambientales negativos debidos al rápido incremento de estos residuos. Se trata de una «refundición» de la anterior Directiva RAEE que contiene disposiciones nuevas o modificadas de manera sustancial. Estos dos Estados miembros no han transpuesto dichas disposiciones.
La Comisión pide al TJUE que imponga a Polonia una multa de 71 610 euros diarios hasta que se produzca la transposición,
y que imponga a Eslovenia una multa de 8 408,40 euros diarios hasta que se produzca la transposición.
(Más información: IP/15/4875 - Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Mercado interior: requisito de nacionalidad para los notarios: la Comisión lleva a HUNGRÍA ante el Tribunal para garantizar la no discriminación
La Comisión ha decidido llevar a Hungría ante el TJUE porque este país solo permite a ciudadanos húngaros ejercer la profesión de notario en Hungría, excluyendo a los nacionales de otros Estados miembros.
La Comisión considera este requisito de nacionalidad contrario a la libertad de establecimiento e injustificable en virtud del artículo 51 del TFUE, que tiene por objeto las actividades relacionadas con el ejercicio del poder público.
(Más información: IP/15/4876 - Lucia Caudet, tel.: +32 22956182)
2. Dictámenes motivados
Empleo: tiempo de trabajo: la Comisión pide a DINAMARCA que respete el derecho de los trabajadores a tomarse sus vacaciones anuales en el mismo año en que tal derecho se ha generado
La Comisión ha pedido a Dinamarca que respete el derecho de los trabajadores a tomarse su período mínimo de vacaciones anuales retribuidas en el mismo año en que tal derecho se ha generado. De conformidad con la Directiva sobre el tiempo de trabajo (Directiva 2003/88/CE), los trabajadores tienen derecho a un período mínimo de vacaciones anuales retribuidas de cuatro semanas. En Dinamarca, la normativa nacional dispone que las vacaciones anuales se toman en el «año de vacaciones», que es el siguiente al «año de cualificación». Por tal razón, algunos trabajadores, como los que se incorporan al mercado de trabajo danés y los que tienen un contrato de duración determinada, no pueden tomarse vacaciones durante el primer año de empleo, o incluso durante todo su período de ocupación. Esto es contrario al derecho social fundamental de la UE a disfrutar de un período mínimo de vacaciones anuales retribuidas. En su jurisprudencia, el TJUE ha declarado expresamente que el efecto positivo para la seguridad y la salud del trabajador de las vacaciones anuales retribuidas solo se da plenamente «cuando se disfrutan en el año previsto, es decir, el año en curso». La normativa danesa es, por lo tanto, incompatible con la Directiva sobre el tiempo de trabajo.
La Comisión recibió una denuncia al respecto y envió una carta de emplazamiento a Dinamarca en septiembre de 2014, a la que Dinamarca respondió en noviembre de 2014. Tras el análisis de la respuesta, la Comisión sigue considerando que la infracción no se ha resuelto. La solicitud toma ahora forma de dictamen motivado, en aplicación del procedimiento de infracción de la UE. Dinamarca tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para aplicar plenamente la normativa de la UE. De lo contrario, la Comisión podría tomar la decisión de denunciar a este Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE.
(Más información: Christian Wigand, tel.: +32 22962253)
Energía: la Comisión pide a AUSTRIA, CROACIA, IRLANDA, LETONIA y RUMANÍA la plena transposición de la Directiva de la UE sobre eficiencia energética
La Comisión ha pedido a Austria, Croacia, Irlanda, Letonia y Rumanía la plena transposición de la Directiva sobre eficiencia energética. De conformidad con dicha Directiva, los Estados miembros deben conseguir determinados ahorros de energía durante el período que va del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020. Para ello deben emplear sistemas de obligaciones de eficiencia energética u otras medidas de actuación específicas para impulsar la mejora de la eficiencia energética en los sectores de la vivienda, la industria y los transportes. De conformidad con dichos sistemas, las empresas tienen que tomar medidas que garanticen el ahorro energético a nivel del cliente final, por ejemplo aconsejando para que se aísle mejor u ofreciendo ayudas para sustituir ventanas vetustas por las cuales se pierde la energía. Esta Directiva debía incorporarse al ordenamiento jurídico nacional antes del 5 de junio de 2014. La Comisión ha enviado hoy dictámenes motivados a estos cinco Estados miembros pidiéndoles la plena incorporación de la Directiva a su ordenamiento jurídico nacional. Si estos Estados miembros no cumplen esta obligación en un plazo de dos meses, la Comisión puede llevar el asunto ante el TJUE y pedir que se les impongan sanciones financieras. En el segundo semestre de 2014, la Comisión inició por este motivo procedimientos de incumplimiento contra veintisiete Estados miembros (todos excepto Malta). En noviembre de 2014, la Comisión envió un dictamen motivado a Bulgaria y Hungría. En febrero de 2015 se enviaron dictámenes motivados a Grecia y Portugal. En marzo de 2015, la Comisión solicitó al TJUE la imposición de sanciones financieras contra Hungría, que no había adoptado ninguna medida de transposición. La Comisión sigue observando el proceso de transposición de la Directiva y abordará posibles carencias en ciclos venideros. Más información acerca de la Directiva sobre la eficiencia energética, en el sitio web de la DG Energía.
(Más información: Anna-Kaisa Itkonen, tel.: +32 22956186)
Eficiencia energética de los edificios: la Comisión pide a ITALIA, los PAÍSES BAJOS y POLONIA que cumplan las normas de la UE
La Comisión ha pedido a Italia, los Países Bajos y Polonia que den pasos para que laDirectiva sobre la eficiencia energética de los edificios sea plenamente transpuesta a su ordenamiento jurídico. En virtud de esta Directiva, los Estados miembros deben establecer y aplicar unos requisitos mínimos de eficiencia energética para edificios nuevos y existentes, garantizar la certificación de la eficiencia energética de los edificios y exigir la inspección periódica de las instalaciones de calefacción y aire acondicionado. La Directiva también les exige velar por que, a partir de 2021, todos los edificios nuevos sean «edificios de consumo de energía casi nulo». La Directiva debía transponerse el 9 de julio de 2012, a más tardar. Italia y los Países Bajos ya recibieron un dictamen motivado por no haber adoptado todas las medidas necesarias para transponer la Directiva, en enero y en junio de 2013, respectivamente. Ambos países han adoptado entre tanto medidas de transposición, pero todavía no se han incorporado algunas disposiciones de la Directiva. En julio de 2014 la Comisión decidió llevar a Polonia ante el TJUE. Poco después, Polonia respondió adoptando medidas de transposición. Sin embargo, de un nuevo análisis realizado por la Comisión se desprende que algunas de las disposiciones de la Directiva todavía no se han incorporado. Por ello, la Comisión ha enviado un dictamen motivado adicional a los tres Estados miembros pidiéndoles que transpongan plenamente la Directiva. El dictamen motivado adicional a Polonia suspende la decisión de remisión al Tribunal. Si estos Estados miembros no cumplen su obligación jurídica en un plazo de dos meses, la Comisión puede llevar el asunto ante el TJUE en una fase posterior, que podría incluir sanciones financieras. Puesto que ningún Estado miembro había transpuesto todas las normas de la UE en el marco de esta Directiva en el plazo establecido, la Comisión inició procedimientos de infracción contra los veintiocho Estados miembros. En 2014 la Comisión decidió llevar ante el Tribunal a Austria, Bélgica, Finlandia y Polonia. Mientras tanto, como Bélgica y Finlandia habían adaptado completamente su legislación, la Comisión decidió archivar los procedimientos judiciales contra estos dos Estados miembros. Desde entonces, la mayoría de los Estados miembros han cumplido con su obligación de transposición y solo quedan pendientes las infracciones contra Austria, Italia, Países Bajos, Chequia y Polonia. Las posibles acciones legales ulteriores en relación con estos casos se abordarán en próximos ciclos de procedimientos por incumplimiento. Más información acerca de la Directiva sobre la eficiencia energética en el sitio web de la DG Energía.
(Más información: Anna-Kaisa Itkonen, tel.: +32 22956186)
Energía: se pide a POLONIA que aplique correctamente la Directiva sobre fuentes de energía renovables
Mediante dictamen motivado, la Comisión ha pedido a Polonia que aplique correctamente la Directiva sobre energía de fuentes renovables, en particular por lo que respecta a los biocarburantes. La Directiva contiene disposiciones fundamentales para alcanzar una cuota del 20 % de dicha energía en el consumo energético final de aquí a 2020. También fija objetivos nacionales en relación con la cuota de energía procedente de fuentes renovables en el consumo final de energía de cada Estado miembro y para alcanzar la cuota del 10 % de energía procedente de fuentes renovables en el transporte de aquí a 2020. Para alcanzar estos objetivos puede recurrirse a biocarburantes, pero estos tienen que cumplir determinados criterios de sostenibilidad. Los Estados miembros también deben tratar por igual los biocarburantes y las materias primas, independientemente de su origen. Además, la legislación polaca trata los biocarburantes sostenibles y las materias primas de diversos orígenes geográficos de distinto modo, lo que no está justificado. La Comisión ha abordado problemas similares en procedimientos por incumplimiento contra España y Portugal. Más información acerca de la Directiva sobre energía de fuentes renovables en el sitio web de la DG Energía.
(Más información: Anna-Kaisa Itkonen, tel.: +32 22956186)
Medio ambiente: la Comisión pide a BULGARIA que mejore su legislación sobre residuos de la minería
La Comisión ha pedido a Bulgaria que adecue totalmente su legislación a las normas de la UE sobre la gestión de los residuos procedentes de las industrias extractivas. La Directiva sobre residuos de la minería tiene por objeto prevenir o reducir en la medida de lo posible cualquier efecto adverso sobre la salud humana y el medio ambiente, que sea consecuencia de la gestión de los residuos de industrias extractivas. Hay deficiencias en la legislación búlgara que pueden hacer que disminuya el nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente, por lo que la Comisión envió una carta de emplazamiento en enero de 2014. Bulgaria aún no ha tomado las medidas necesarias, de modo que la Comisión envía ahora un dictamen motivado. Si Bulgaria no actúa en consecuencia en un plazo de dos meses, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a CHIPRE que respete la Directiva sobre hábitats
La Comisión ha pedido a Chipre que cumpla las normas de la UE sobre la conservación de los hábitats naturales y de la fauna silvestre. La Directiva sobre hábitats exige que todos los proyectos que puedan tener un impacto significativo en un lugar Natura 2000 se sometan a una evaluación de impacto. No fue así en el caso de un proyecto de desarrollo en la zona de Limni (de la red Natura 2000), consistente en dos campos de golf y sus correspondientes infraestructuras. La Comisión envió una carta de emplazamiento a Chipre el 11 de julio de 2014, pero Chipre autorizó el proyecto sin haber evaluado adecuadamente su impacto en la red Natura 2000, por lo cual la Comisión le envía ahora un dictamen motivado. Chipre tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, la Comisión podría llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a ESLOVAQUIA que adopte la normativa de la UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
La Comisión ha pedido a Eslovaquia que detalle cómo incorpora a su Derecho nacional las normas de la UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), obligación que tenía que haber cumplido el 14 de febrero de 2014, a más tardar. La nueva Directiva RAEE sustituye y actualiza las antiguas normas sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y persigue prevenir o reducir los impactos adversos de la generación y la gestión de los RAEE en la salud humana y el medio ambiente. Asimismo, pretende mejorar la eficiencia del uso de los recursos y reducir sus repercusiones globales, contribuyendo así al desarrollo sostenible. Dado que Eslovaquia no respetó el plazo original, se le envió una carta de emplazamiento el 31 de marzo de 2014. Como la nueva Ley sobre residuos, por la que se incorporará al Derecho nacional la Directiva, no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2016, la Comisión envía ahora un dictamen motivado. Si Eslovaquia no da respuesta satisfactoria en un plazo de dos meses, este asunto podría llevarse ante el TJUE. Polonia y Eslovenia ya han sido remitidas al TJUE precisamente por estos motivos.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a POLONIA que adopte la normativa de la UE sobre protección de las aguas subterráneas
La Comisión ha pedido a Polonia que adecue su ordenamiento jurídico sobre protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro a la Directiva sobre aguas subterráneas La Comisión detectó deficiencias en la introducción de esta legislación en Polonia, y le envió una carta de emplazamiento el 24 de noviembre de 2011. Posteriormente, las autoridades polacas notificaron tres actos legislativos que abordaban muchos de los problemas detectados, pero sigue habiendo problemas, incluido en cuanto a la evaluación del estado de las aguas subterráneas. Por lo tanto, la Comisión envía ahora un dictamen motivado. Polonia tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, la Comisión podría llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a FINLANDIA que tome medidas para la protección de las aves
La Comisión ha pedido a Finlandia que adapte su legislación relativa a la caza a la Directiva sobre las aves. En virtud de la Directiva sobre las aves, está prohibido matar aves silvestres, pero algunas especies, como el eider común (Somateria mollissima), pueden cazarse fuera de la temporada de cría o de migración de primavera. Pese a la disminución de la población de esta especie de aves acuáticas, Finlandia ha autorizado la caza de machos de eider en su período reproductivo, lo que está estrictamente prohibido por la Directiva sobre las aves. La Comisión envió una carta de emplazamiento adicional el 22 de noviembre de 2012. Como la caza estival de eider continúa y Finlandia no ha tomado medidas para cumplir con la Directiva, la Comisión envía ahora un dictamen motivado. Si Finlandia no actúa en consecuencia en un plazo de dos meses, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a FRANCIA que tome medidas contra la contaminación atmosférica
La Comisión ha pedido a Francia que cumpla la legislación de la UE que obliga a los Estados miembros a limitar la exposición de los ciudadanos a las partículas (PM10), estableciendo valores límites específicos que han de respetarse. Estas partículas finas proceden de emisiones de la industria, el tráfico rodado y la calefacción doméstica; pueden provocar asma, problemas cardiovasculares, cáncer de pulmón y un fallecimiento prematuro. Según los datos más recientes de las autoridades francesas, el problema de la contaminación del aire persiste, y diez zonas superan los límites máximos diarios de estas partículas: París, Lyon, Grenoble, Marsella, Martinica, Ródano-Alpes-ZUR (Valle del Arve), PACA–ZUR (Zone Urbaine Régionale), Niza, Tolón, Douai-Béthune-Valenciennes. La Comisión considera que Francia no ha tomado las medidas que deberían estar vigentes desde 2005 para proteger la salud de los ciudadanos, y le pide que actúe de modo previsor, rápido y eficaz para que el período de incumplimiento sea lo más breve posible. El dictamen motivado que se envía hoy sigue a una carta de emplazamiento adicional que se envió el 22 de febrero de 2013. Francia tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a FRANCIA que adopte la normativa de la UE relativa a las emisiones de azufre de los barcos
La Comisión ha pedido a Francia que detalle cómo incorpora al Derecho nacional la legislación de la UE relativa al contenido de azufre de los combustibles de uso marítimo, obligación que tenía que haber cumplido el 18 de junio de 2014, a más tardar. El dióxido de azufre es uno de los principales factores del problema de la acidificación y puede tener consecuencias adversas para la salud humana. La legislación revisada sobre el contenido de azufre de los combustibles líquidos tiene como finalidad reducir las emisiones de este contaminante atmosférico fijando los niveles máximos de azufre en el fuelóleo pesado y el gasóleo. Asimismo, incorpora al Derecho de la UE las nuevas normas establecidas por la Organización Marítima Internacional, a fin de garantizar que todos los Estados miembros de la UE las hagan cumplir de manera correcta y armonizada. Dado que Francia no respetó el plazo original, se le envió una carta de emplazamiento el 22 de julio de 2014. La Comisión le envía ahora un dictamen motivado y, si Francia no hace lo necesario en un plazo de dos meses, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide a ESPAÑA que cumpla la Directiva sobre evaluación del impacto ambiental
La Comisión ha pedido a España que cumpla la normativa de la UE y garantice que un proyecto de mejora de una línea eléctrica en el área metropolitana de Barcelona no plantea riesgos para el medio ambiente. El proyecto representa un considerable aumento de la tensión en el tramo situado entre las localidades de Sentmenat y Santa Coloma de Gramenet y la construcción de dos nuevos transformadores. En virtud de la Directiva sobre evaluación del impacto ambiental, los proyectos que puedan tener repercusiones importantes sobre el medio ambiente deben someterse a una evaluación de sus repercusiones sobre el medio ambiente antes de su aprobación. El proyecto de línea eléctrica atraviesa una de las zonas más densamente pobladas de España, y puede tener un impacto considerable en el medio ambiente, por lo que la Comisión pide a España que establezca la necesidad de una evaluación medioambiental. El dictamen motivado que se envía hoy sigue a una carta de emplazamiento que se envió el 14 de julio de 2014. España tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Medio ambiente: la Comisión pide al REINO UNIDO que actúe frente a las emisiones de los quemadores pequeños de hidrocarburos usados
La Comisión ha pedido al Reino Unido que cumpla la normativa de la UE sobre las emisiones industriales relativas a los quemadores pequeños de hidrocarburos usados. Estos quemadores suelen utilizarse en talleres y garajes para generar calor con poco o ningún control ambiental, y sus emisiones contribuyen a la contaminación atmosférica local y exponen a quienes trabajan en estos locales a riesgos sanitarios. Al seguir autorizando esta práctica en Inglaterra y en Gales, el Reino Unido incumple la Directiva sobre emisiones industriales, cuyo objetivo es minimizar la contaminación procedente de diversas fuentes industriales. El dictamen motivado que se envía hoy sigue a una carta de emplazamiento que se envió el 27 de noviembre de 2014. El Reino Unido tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, el asunto puede llevarse ante el TJUE.
(Más información: Enrico Brivio, tel.: +32 22956172)
Mercado interior: la Comisión pide a ALEMANIA que cumpla la normativa de la UE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales tras la adhesión de Croacia a la UE
La Comisión ha pedido hoy a Alemania que incorpore plenamente al Derecho nacional lanormativade la UE por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito del derecho de establecimiento y de la libre prestación de servicios tras la adhesión de Croacia a la UE. Se trata del reconocimiento de las cualificaciones profesionales de arquitectos e ingenieros.
Entre otras, se ha modificado la Directiva relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales añadiendo los diplomas expedidos por Croacia a los que han de ser reconocidos por el Estado miembro de acogida. Los Estados miembros debían adoptar y publicar, a más tardar en la fecha de adhesión de Croacia (1 de julio de 2013), las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas. Hasta ahora, una región alemana no ha modificado su legislación para los casos específicos de arquitectos e ingenieros, por lo que no contempla el reconocimiento de estas cualificaciones croatas.
La petición de la Comisión a Alemania de adaptar plenamente su legislación a las normas de la UE adopta la forma de un dictamen motivado en el marco del procedimiento de infracción de la UE. Alemania tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, la Comisión puede llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Lucia Caudet, tel.: +32 22956182)
Asuntos de interior: la Comisión pide a BÉLGICA, ESPAÑA y ESLOVENIA que apliquen las normas sobre el permiso único y un conjunto claro de derechos de los trabajadores inmigrantes en situación legal
A la Comisión le preocupa que Bélgica, España y Eslovenia no hayan hecho lo suficiente para dar cumplimiento a la Directiva 2011/98/UE. La Directiva establece un procedimiento único de solicitud de permisos únicos que autorizan a los nacionales de países no pertenecientes a la UE a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro de la UE, así como un conjunto común de derechos para estos trabajadores cuando residen legalmente en un Estado miembro. La Directiva, denominada «Directiva del permiso único», debía transponerse el 25 de diciembre de 2013, a más tardar.
A pesar de las cartas de emplazamiento (primer paso de un procedimiento por incumplimiento) enviadas en enero de 2014 a España y Eslovenia y en marzo de 2014 a Bélgica, estos tres países aún no han notificado a la Comisión la plena transposición de dicha Directiva. Por este motivo, la Comisión ha decidido hoy enviar dictámenes motivados a Bélgica, España y Eslovenia. Estos tres países disponen de dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para adecuar su normativa a la legislación de la UE. De lo contrario, la Comisión podría llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Natasha Bertaud, tel.: +32 22967456)
Asuntos de interior: la Comisión pide a BULGARIA, ESTONIA, GRECIA y LITUANIA que cumplan determinadas obligaciones en el marco de la legislación de la UE sobre seguridad de los documentos
Con el envío de dictámenes motivados, la Comisión ha pedido a cuatro países que garanticen el intercambio de información obligatorio en virtud de la legislación de la UE sobre la seguridad de los documentos y la integración de elementos biométricos en los permisos de residencia.
Casi tres años después de transcurrido el plazo (20 de mayo de 2012), BulgariaEstonia,Grecia y Lituania todavía no han creado un punto único de contacto que permita una aplicación armoniosa de las normas y medidas de seguridad y una comunicación significativa entre los Estados miembros. La creación de dichos puntos de contacto es obligatoria y ha de posibilitar el intercambio de información necesario para visualizar las huellas dactilares almacenadas en el chip de los documentos (pasaportes y permisos de residencia).
Además, Grecia todavía no expide permisos de residencia con dos huellas dactilares del titular. La armonización de las medidas de seguridad y la integración de identificadores biométricos constituye un paso importante hacia una mayor seguridad de los documentos y una mejor protección contra el fraude. Por eso, la Comisión pide a las autoridades griegas que incluyan identificadores biométricos en el permiso de residencia para nacionales de terceros países, tal como exige el Reglamento 1030/2002.
Las autoridades de Bulgaria, Estonia, Grecia y Lituania tienen ahora dos meses para tomar las medidas necesarias con el fin de cumplir las peticiones de la Comisión. Si no lo hacen, la Comisión puede tomar la decisión de remitir este asunto ante el TJUE.
(Más información: Natasha Bertaud, tel.: +32 22967456)
Telecomunicaciones: la Comisión pide a CHEQUIA que cumpla la «Directiva de autorización» de la UE
La Comisión ha pedido a Chequia que adapte su legislación a la normativa de la UE sobre telecomunicaciones. A la Comisión le preocupa que el sistema jurídico checo, contrariamente a la «Directiva de autorización», exige que los operadores de telecomunicaciones se den de alta en el registro de comercio y tengan sede en Chequia para poder prestar servicios de comunicaciones electrónicas. De este modo, resulta más difícil prestar servicios en ese país para los operadores extranjeros. La Comisión también considera que el requisito de notificación aplicable a los operadores de telecomunicaciones va más allá de lo que puede imponerse a tenor de la armonización máxima prevista por la normativa de la UE al respecto. Por ejemplo, deben demostrar que cumplen las obligaciones fiscales y sanitarias checas para operar. Esto genera burocracia, es un obstáculo a los servicios transfronterizos y sobrepasa la finalidad de identificación del proveedor que exige la «Directiva de autorización». La petición de la Comisión adopta la forma de dictamen motivado. De no recibirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede tomar la decisión de remitir este asunto al TJUE.
(Más información: Mina Andreeva, tel.: +32 22991382)
Transporte: la Comisión pide a cuatro Estados miembros que apliquen correctamente las normas de la UE sobre la interconexión de los registros nacionales de empresas de transporte por carretera
La Comisión ha pedido a Chequia, Luxemburgo, Polonia y Portugal que apliquen plenamente las normas de la UE sobre la interconexión de los registros nacionales para el transporte por carretera (Reglamento (CE) nº 1071/2009). La legislación de la UE es necesaria para garantizar una aplicación uniforme por los Estados miembros de los criterios utilizados para autorizar el acceso a la ocupación del transportista de mercancías o el transportista por carretera y, de esta manera, favorecer la realización de un mercado interior del transporte por carretera con condiciones de competencia leales.
La fecha para la creación de los registros nacionales y su interconexión mutua era el 31 de diciembre de 2012. La petición se envió en forma de un dictamen motivado a estos países, que disponen de dos meses para responder a la Comisión. Si su reacción no es satisfactoria, la Comisión puede remitir este asunto ante el TJUE.
(Más información: Jakub Adamowicz – Tel.: +32 229 50195)
Transporte: la Comisión pide a tres Estados miembros que apliquen la normativa de la UE sobre los sistemas de retención infantil
La Comisión Europea ha pedido aFinlandia, Luxemburgo y España que transpongan plenamente la normativa de la UE sobre el uso de cinturones de seguridad y de sistemas de retención infantil en los vehículos (Directiva 91/671/CEE). La Directiva se modificó en 2014 introduciendo una nueva norma sobre sistemas de retención infantil que aporta mayor seguridad (Directiva 2014/37/UE). Estos Estados miembros todavía no han adaptado su legislación en el sentido de que los sistemas de retención infantil fabricados de conformidad con la nueva norma puedan ser utilizados en su territorio. La petición se envió en forma de un dictamen motivado a estos países, que disponen de dos meses para responder a la Comisión. Si su reacción no es satisfactoria, la Comisión puede remitir este asunto ante el TJUE.
(Más información: Jakub Adamowicz, tel.: +32 22950195)
Transporte: la Comisión pide a CHEQUIA que transponga plenamente la normativa de la UE sobre la seguridad de los ferrocarriles
La Comisión ha pedido a Chequia que incorpore plenamente la normativa de la UE sobre la seguridad de los ferrocarriles (Directiva 2004/49/CE). Se trata de las tareas de supervisión del organismo de investigación y su obligación de iniciar una investigación en un plazo específico; la comunicación del informe final de la investigación; las recomendaciones de seguridad, su examen y las medidas que deben tomarse.
La legislación de seguridad ferroviaria de la UE aspira a un enfoque que sea común a todos los Estados miembros, de modo que nuestras redes ferroviarias ofrezcan un buen nivel de seguridad a los ciudadanos de la UE. Establece los requisitos de seguridad del sistema ferroviario, los cometidos y las responsabilidades de las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructuras, un marco regulador de la seguridad común, principios comunes de gestión y supervisión de la seguridad ferroviaria y la investigación independiente de accidentes.
Esta legislación debía haber entrado en vigor en abril de 2006. La Comisión inició un procedimiento por incumplimiento contra Chequia en julio de 2014 y ahora envía un dictamen motivado. Chequia tiene dos meses para responder a la Comisión. Si no reacciona de manera satisfactoria, la Comisión puede llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Jakub Adamowicz, tel.: +32 22950195)
Transporte: la Comisión pide a FINLANDIA que cumpla la normativa sobre cabotaje
La Comisión ha pedido a Finlandia que aplique plenamente la normativa sobre el acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (Reglamento (CE) nº 1072/2009). Se trata de garantizar la aplicación uniforme por los Estados miembros de los criterios utilizados para autorizar el acceso a sus mercados nacionales en el marco de operaciones de transporte internacional realizadas por transportistas de otros Estados miembros. Esto es importante para favorecer la realización de un mercado interior del transporte por carretera en condiciones de competencia leales. La normativa de la UE permite a los transportistas titulares de una licencia de la UE efectuar hasta tres operaciones de transporte nacional (cabotaje) en otro Estado miembro (país de acogida) tras un transporte internacional procedente de otro Estado miembro o de un tercer país. La legislación de la UE no contempla ninguna otra restricción. La legislación finlandesa impone una limitación adicional al cabotaje, que consiste en diez operaciones en un período de tres meses. La Comisión considera que esta restricción no está justificada. Además, de conformidad con la legislación de la UE, cada operación de cabotaje puede conllevar varios puntos de carga y descarga. En cambio, la legislación finlandesa considera que cada descarga constituye una operación de cabotaje. La Comisión considera que esta restricción tampoco está justificada. Se envía a Finlandia un dictamen motivado. Finlandia tiene dos meses para responder a la Comisión. Si no reacciona de manera satisfactoria, la Comisión puede llevar este asunto ante el TJUE.
(Más información: Jakub Adamowicz, tel.: +32 22950195)
Transporte: la Comisión pide al REINO UNIDO que aplique la normativa de la UE sobre el permiso de conducción
La Comisión ha pedido al Reino Unido que transponga plenamente la normativa sobre el permiso de conducción (Directiva 2006/126/CE6). Estas normas garantizan que se controle adecuadamente a los conductores de camiones y autobuses (categorías C1, C1E, CE, D1, D1E, D y DE) para que cumplan los requisitos mínimos de salud al renovar el permiso, sin fiarlo todo a los formularios de autoevaluación. La normativa actualizada refuerza, entre otras cosas, los requisitos de aptitud médica de los conductores de camiones y autobuses. Se disminuye así la posibilidad de fraude, se garantiza la libre circulación de los conductores en la UE y se refuerza la seguridad vial en Europa. La petición se envió en forma de un dictamen motivado y el Reino Unido dispone ahora de dos meses para responder a la Comisión. Si su reacción no es satisfactoria, la Comisión puede remitir este asunto ante el TJUE.
(Más información: Jakub Adamowicz, tel.: +32 22950195)
3. Otras decisiones importantes
Servicios financieros: la Comisión inicia un procedimiento por incumplimiento contra LETONIA en materia de restricciones a la inversión en tierras agrícolas
La Comisión ha decidido hoy solicitar a Letonia que presente comentarios acerca de su legislación sobre la adquisición de tierras agrícolas. Esta legislación contiene disposiciones que, a tenor del Derecho de la UE, cabe considerar restrictivas de la libre circulación de capitales y la libertad de establecimiento. La restricción de estas libertades fundamentales establecidas por el Tratado puede admitirse, con arreglo al Derecho de la UE, si su finalidad es proteger un interés público superior; no obstante, deben respetarse los principios de no discriminación y de proporcionalidad. Los Estados miembros pueden establecer su propia normativa para fomentar el desarrollo rural, preservar las comunidades rurales, mantener las tierras agrícolas en uso como tales y evitar presiones especulativas en el precio de los terrenos, pero todo ello dentro de los límites del Derecho de la UE.