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miércoles, 2 de octubre de 2013

Productoras de hierro venezolanas serán exoneradas en el marco del convenio chino-venezolano

El decreto presidencial Nº 447, publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.262, estableció la exoneración  del pago de impuesto sobre la renta a los enriquecimientos de fuente territorial obtenidos por las personas jurídicas, domiciliadas o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de las operaciones en ejecución de los proyectos destinados a Recuperar la Capacidad de Producción y Despacho del Mineral de Hierroen el marco del Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre Venezuela y China. 

La medida tendrá una duración de cinco años. Para optar por el beneficio, las empresas beneficiarias deben presentar la declaración anual de los enriquecimientos netos globales gravados y exonerados, según corresponda, en el marco de lo establecido en la Ley del ISLR. 

Para que la medida sea efectiva, las empresas deberán presentar una constancia expedida por el Ministerio de Industrias en la que se certifique que los proyectos en los que participan se encuentran comprendidos en el marco del convenio chino-venezolano. 

Aquellas pérdidas que se registren durante  el lapso de exoneración no podrán ser imputadas en ningún ejercicio fiscal. A su vez, perderán la exoneración aquellos que no cumplan con las obligaciones y requisitos previstos en el decreto. 

El plazo de exoneración es de 5 años. El ministerio de Finanzas y de Industrias se encargarón de la ejecución del decreto.