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miércoles, 26 de septiembre de 2012

CNE puede sancionar a comandos de campaña después de la elección


CNE puede sancionar a comandos de campaña después de la elecciónAun después de la elección presidencial los comandos de campaña pueden recibir multas por incumplimiento de la normativa electoral prevista para este proceso comicial, precisó la rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), Socorro Hernández.

Luego de abierta una averiguación administrativa debe cumplirse con un lapso de mínimo un mes para cumplir con el debido proceso. Por tanto, a sólo una semana para el final de la campaña, puede extenderse el lapso para que algunos concluyan.

En este sentido, explicó Hernández, es legal establecer multas o tomar las decisiones después de concluida la campaña, el 4 de octubre a las 12:00 de la noche, e incluso luego de concluido el proceso comicial.

Desde el comienzo de la campaña, el 1º de julio, se han abierto 50 averiguaciones, de las cuales 15 están en la sala de sustanciación de la Comisión de Participación Política y Financiamiento y tres ya reposan en la Consultoría Jurídica del CNE, detalla la Agencia Venezolana de Noticias.

La mayoría de los 50 casos se han resuelto con acciones específicas, como por ejemplo solicitar a los comandos de campaña que retiren su propaganda de escuelas u hospitales debido a que está prohibido promocionar candidatos en esos espacios.

La rectora Hernández comentó que los directores de la Oficinas Regionales Electorales (ORE) también han pedido a los comandos de campaña, tanto Venezuela como Carabobo, pintar fachadas de escuelas en las que han colocado piezas publicitarias.

Las otras averiguaciones abiertas han sido por el exceso de tiempo y espacio pautado por los comandos en medios de comunicación.

El reglamento indica que son 180 segundos (tres minutos) diarios para cada candidato. Sin embargo, es frecuente que los comandos pauten 400 e incluso 600 segundos en medios televisivos.

Cuando esto ocurre, el CNE lo detecta y abre una averiguación que debe ser sustanciada antes de generarse una decisión.

Hernández mencionó que entre la sustanciación y la decisión hay un lapso para cumplir con el debido proceso. No obstante, el hecho de abrir una averiguación obliga a los comandos a "entrar al carril" y a ajustarse a los 180 segundos de pauta en televisión o a la contratación de una página diarios tabloides y media en los estándar.

"Al abrir las averiguaciones observamos como un zigzagueo: bajan y se meten en el carril, se meten en los 180 segundos", dijo.

Las multas a quien incumpla las normas de pauta de propaganda electoral oscilan (las más altas) entre 5.000 y 7.000 unidades tributarias (450.000-630.000) o arresto de un día por cada unidad. Las multas más pequeñas exigen entre 15 y 500 unidades tributarias.

AVN