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sábado, 8 de diciembre de 2012

Sudeban ratifica que no existen limitaciones para la apertura de cuentas de ahorro


En un comunicado, Sudeban informó que está prohibido el establecimiento de saldos mínimos para la apertura de cuentas de ahorro en las entidades financieras del país.

 Comunicado

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), en aras de velar por el cumplimiento de la justicia social en el Sistema Bancario Nacional informa sobre la circular emitida el 24 de febrero de 2012 y ratificada el 03/12/12, relativa a la “Prohibición de establecer saldos mínimos en la apertura de cuentas de ahorro u otros instrumentos financieros”.

Actualmente, el Ejecutivo Nacional desarrolla una serie de proyectos que buscan promover la socialización y el desarrollo económico en todos los sectores de la población. Entre estos planes se encuentra el impulso de la intermediación crediticia y los corresponsales no bancarios; lo cual permitirá la ampliación de los servicios bancarios a los estratos de menos recursos. En este sentido, para apoyar esta premisa y favorecer a los clientes del Sistema Bancario Nacional, la Sudeban instruyó a las instituciones bancarias a:

-No limitar a las personas naturales la apertura y mantenimiento de cuentas de ahorro,  condicionarse o restringirse a montos mínimos e inducir a la apertura de cuentas, adquisición de otros productos financieros distintos o con rendimientos inferiores a los requeridos por el cliente.

-No trasladar por ninguna razón la tenencia de una cuenta de ahorro a una corriente, sin la previa solicitud por escrito del cliente, la cual de ser el caso, debe reposar en el expediente de éste.

-No inactivar, bloquear y mucho menos cancelar cuentas de depósitos de ahorro, corrientes u otros instrumentos de captación de naturaleza similar por la ausencia de movimientos de depósitos, retiros o transferencias.

El documento emitido por la Sudeban especifica que para la apertura y mantenimiento de las cuentas de ahorro no deben existir limitaciones, ni restricciones de ningún tipo en lo concerniente al mantenimiento de montos mínimos o máximos en las cuentas.

En tal sentido, la  Sudeban cumpliendo su rol de brindar protección a los usuarios bancarios instruye a las instituciones bancarias a eliminar este tipo de prácticas o procedimientos, a los fines de colaborar con el fomento del ahorro y los instrumentos de intermediación de pagos, con los cuales se impulsará la democratización del acceso a los servicios bancarios.