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jueves, 19 de diciembre de 2013

En vigencia sistema de tarifas por el uso de áreas del aeropuerto de Maiquetía


Este jueves entró en vigencia la resolución 209 emitida por el Ministerio de Transporte Acuático y Aéreo con el que establecen e implementan el sistema de tarifas aeroportuarias aplicables para el uso de instalaciones y servicios de las áreas del Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía, en el estado Vargas. 

Las medidas fueron publicadas en la Gaceta Oficial número 40.318 que circula este jueves. 

En el caso del derecho de aterrizaje, se aplicarán las siguientes tarifas: 

Para aeronaves de matricula nacional: 

- Por el aterrizaje diurno en vuelos nacionales pagarán 0,23 unidades tributarias por cada tonelada o fracción de tonelada del peso máximo de despegue de la aeronave. La cantidad mínima a pagar será de 4,72 U.T por aeronave. 

- Por el aterrizaje nocturno en vuelos nacionales pagarán 0,25 unidades tributarias por cada tonelada o fracción de tonelada del peso máximo de despegue de la aeronave. La cantidad mínima a pagar será de 5,98 U.T por aeronave. 

Para aeronaves con matrícula nacional o extranjera: 

- Por el aterrizaje diurno en vuelos internacionales cancelarán la cantidad de 0,59 U.T por cada tonelada o fracción de tonelada del peso máximo de despegue de la aeronave. La cantidad mínima a pagar será de 6,31 U.T por aeronave. 

- Por el aterrizaje nocturno en vuelos internacionales pagarán 0,70 U.T por cada tonelada o fracción de tonelada del peso maximo de despegue de la aeronave. 7,88 unidades tributarias será la cantidad mínima por aeronave. 

Los derechos de aterrizaje tendrán un recargo equivalente al 10% por la utilización del área terminal y sistema de aterrizaje por instrumentos (ILS).