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miércoles, 19 de diciembre de 2012

No descartan retrasar toma de posesión del presidente Chávez


No descartan retrasar toma de posesión del presidente ChávezEl presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, no descarta que se pueda prorrogar la toma de posesión del presidente Chávez, pautada para el 10 de enero. 

En una entrevista realizada por varios periodistas tras su rueda de prensa del PSUV, Cabello explicó que su opinión personal es retrasar la toma de posesión hasta que Chávez pueda asumir el cargo. Sin embargo, se trata de una decisión que deberá tomar la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la hacer una interpretación de la Constitución. 

"Esta es una opinión mía, no es algo oficial: tú no puedes amarrar a un día la voluntad de un pueblo. De hecho, ya hay antecedentes: a un alcalde le dieron en algún momento una prórroga de 3 meses, pero tú no puedes amarrar la voluntad de un pueblo a una fecha ¿entonces si no lo hiciste ese día, si no es el 10, la voluntad de 8 millones de personas no vale?", fueron las declaraciones del diputado a la Asamblea Nacional, de acuerdo al diario El Nacional. 

El también vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) aclaró que no han discutido posibles escenarios sobre la juramentación de Chávez, pues esperan que retorne al país recuperado de salud. "Es que nosotros, aunque ustedes no lo crean, esos escenarios no los hemos manejado en el partido. Nuestro escenario es que el Presidente se va a recuperar y tomará posesión el 10 de enero", acotó. 

Para Cabello, la Constitución y las leyes del país no pueden ser vistas "desde el punto de vista restrictivo". De hecho, resaltó que para aclarar situaciones legales se solicitan interpretaciones. 

Resaltó que el presidente Chávez “no ha perdido el buen humor y está animado. Es falso que haya tenido fiebre. En este momento no está entubado. Está en su habitación recibiendo cuidados”. Además, confesó que se comunicó con Chávez en tres oportunidades a través de su yerno y ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Jorge Arreaza. 

La Constitución de la República, aprobada por votación el 15 de diciembre de 1999, establece en su artículo 231º que "el candidato elegido tomará posesión del cargo de Presidente de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”. 

La Carta Magna habla de un "motivo sobrevenido" pero no aclara qué califica como tal y tampoco quién determinará cómo podría juramentarse ante el TSJ. Sería necesaria una interpretación del artículo por parte de la Sala Constitucional para determinar cómo se procederá, en caso que el presidente Chávez no esté recuperado el próximo es de enero.