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martes, 16 de julio de 2013

Empresas Polar expresa desacuerdo con sentencia de Sala Constitucional del TSJ

El director de Asuntos Legales y Regulatorios de Empresas Polar, Guillermo Bolinaga, rechazó de manera categórica la declaración de inadmisibilidad del recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por Cervecería Polar, C.A. y Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra el artículo 3 del Decreto Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat y el Decreto N° 7.395, del Presidente de la República, mediante el cual se ordenaba la expropiación de cinco lotes de terreno en la zona industrial del municipio Irribarren, en el estado Lara.

Según Bolinaga “es lamentable y muy decepcionante que, luego de casi 3 años, la Sala Constitucional argumente que no puede admitir el recurso por supuestos errores de forma y trámite, evitando pronunciarse sobre el fondo de esta acción que busca restablecer la legalidad y la constitucionalidad”. Agregó que, según su opinión, el recurso debió ser admitido y la Sala Constitucional es competente para pronunciarse en este caso, por lo que no se justifica todo este retardo procesal. 

“La sentencia indica que el artículo 3 del Decreto Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, cuya nulidad fue demandada junto con el decreto de expropiación, no guarda conexión alguna con dicho decreto, cuando lo cierto es que no solo lo cita en su encabezado, sino que afirma que ese artículo 3 es el que contiene la declaratoria de utilidad pública que justifica la expropiación”, explicó el representante de la empresa. 

Bolinaga insistió en que el decreto de expropiación es ilegal e inconstitucional, por lo que continuarán ejerciendo las acciones pertinentes, tal como recurrir ante la Sala Político-Administrativa del TSJ como lo indica la Sala Constitucional. 

Los más de 800 trabajadores de Cervecería Polar y Pepsi-Cola Venezuela que laboran en esas instalaciones continúan sus operaciones con normalidad, generando bienestar y progreso para sus familias y la ciudad de Barquisimeto.