Tras las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue condenado a siete años y seis meses de prisión Cristian Guevara Cedillo (26), quien admitió antes del inicio de la audiencia de juicio haberle causado heridas de gravedad con un arma blanca a su expareja de 23 años de edad, con la intención de darle muerte.
El hecho ocurrió en horas de la madrugada del 26 de mayo de 2011, en el barrio San José de Petare, donde el victimario se introdujo a la casa de su excompañera sentimental y la atacó con un cuchillo mientras ésta dormía con su hijo de 10 años de edad.
La fiscal 136° del Área Metropolitana de Caracas AMC, Maryori Ávila, ratificó los órganos de prueba contra Guevara Cedillo por el delito de homicidio calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el Código Penal.
La audiencia se llevó a cabo ante el Tribunal 1° de Juicio del AMC, instancia que fijó como sitio de reclusión el Internado Judicial de Yare III, en el estado Miranda.
A raíz de este hecho, el Ministerio Público solicitó una orden de aprehensión contra Guevara Cedillo, el 11 de enero de 2012, ante el Tribunal Único de Violencia de Género del AMC, y fue aprehendido en la Plaza de Petare, dos días después.
La investigación determinó que la víctima decidió ponerle fin a la relación sentimental que mantenía con su victimario, luego de percatarse que éste no andaba en buenos pasos, sin embargo, Guevara Cedillo se rehusó y fue cuando decidió introducirse a la vivienda de la joven para herirla con un cuchillo.
Como consecuencia de las heridas causadas, la víctima permaneció tres meses en un centro asistencial.
El hecho ocurrió en horas de la madrugada del 26 de mayo de 2011, en el barrio San José de Petare, donde el victimario se introdujo a la casa de su excompañera sentimental y la atacó con un cuchillo mientras ésta dormía con su hijo de 10 años de edad.
La fiscal 136° del Área Metropolitana de Caracas AMC, Maryori Ávila, ratificó los órganos de prueba contra Guevara Cedillo por el delito de homicidio calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el Código Penal.
La audiencia se llevó a cabo ante el Tribunal 1° de Juicio del AMC, instancia que fijó como sitio de reclusión el Internado Judicial de Yare III, en el estado Miranda.
A raíz de este hecho, el Ministerio Público solicitó una orden de aprehensión contra Guevara Cedillo, el 11 de enero de 2012, ante el Tribunal Único de Violencia de Género del AMC, y fue aprehendido en la Plaza de Petare, dos días después.
La investigación determinó que la víctima decidió ponerle fin a la relación sentimental que mantenía con su victimario, luego de percatarse que éste no andaba en buenos pasos, sin embargo, Guevara Cedillo se rehusó y fue cuando decidió introducirse a la vivienda de la joven para herirla con un cuchillo.
Como consecuencia de las heridas causadas, la víctima permaneció tres meses en un centro asistencial.
MP