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viernes, 22 de agosto de 2014

Economía cambia la ley para limitar los tipos negativos en la venta de letras

La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, dependiente delMinisterio de Economía y Competitividad, ha dictado una resolución en la que revisa el procedimiento de adjudicación de las letras para proteger al pequeño inversor ante la posibilidad de que la subasta de este papel, especialmente si es en plazos cortos, obtenga rentabilidades negativas.
El jueves, en el mercado secundario, el interés de las letras a tres meses llegó a situarse en negativo por primera vez en la historia, al intercambiarse a una cifra del entorno del -0,020%. Este tipo de papel lleva varios meses vendiéndose en las subastas a tipos próximos a cero y no supera el 1% desde el año 2012. Sin embargo, es la primera vez en la historia que se anota tasas negativas.
La última vez que estos títulos se sacaron a subasta, el pasado 22 de julio, se vendieron 640 millones con una rentabilidad media del 0,127% y una marginal del 0,138%. La semana que viene el Gobierno celebrará otra emisión de letras a 3 y 9 meses y espera que las cifras sigan a la baja, por lo que el interés podría situarse también en cifras negativas en el mercado primario.
Así y para "velar por los intereses" de los suscriptores de deuda pública, el Tesoro ha introducido un nuevo párrafo en la resolución que dictó a principios de este año explicando el calendario de subastas a celebrar y el procedimiento de suscripción y desarrollo de la deuda del Estado.
El Tesoro entiende que la introducción de este párrafo en dicha resolución es aconsejable ante el resultado de las últimas subastas de Letras, con rentabilidades próximas a cero y ante la posibilidad de que las mismas pudieran ser negativas en las subastas de este papel pendientes de celebrar, especialmente en las de plazos más cortos.
Economía establece que el precio de adjudicación a pagar por las Letras del Tesoro será el precio equivalente al tipo de interés solicitado o el precio equivalente al tipo de interés medio ponderado, según el resultado de la subasta. Se precisa además que las peticiones no competitivas tendrán como precio de adjudicación, en todos los casos, el precio equivalente al tipo de interés medio ponderado.
No obstante, en la resolución matiza que las peticiones no competitivas se darán por no presentadas en caso de que el precio equivalente al tipo de interés medio ponderado resultase superior al 100% del valor nominal. De esta forma, las peticiones que se hagan a través de esta modalidad se declararán automáticamente como no presentadas si el tipo medio de la subasta es negativo.
Los precios equivalentes se calcularán por capitalización simple en las letras emitidas hasta un plazo igual o inferior al del año natural, inclusive, y por capitalización compuesta en las emitidas a un plazo superior. Aunque los precios de las peticiones se publican con tres decimales, a efectos del cálculo del importe a pagar por el nominal adjudicado en cada petición, los precios se aplicarán "con todos los decimales".
La medida se aplicará a las subastas de de 2014 y enero de 2015
El Ministerio de Economía ha recordado en una nota que las peticiones no competitivas son aquellas en las que el comprador declara la cantidad que quiere adquirir, pero no la rentabilidad mínima que espera. Estas adquisiciones se adjudican al tipo medio ponderado. De no haberse cambiado la normativa, el sistema habría llevado a que los pequeños inversores perdieran dinero si la rentabilidad cayera por debajo de cero.
La disposición, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplicará a todas las subastas de letras que se celebren en lo que queda de 2014 y enero de 2015. EL PAIS