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jueves, 16 de diciembre de 2010

Defensa pide fijar el tiempo máximo de detención de los Hermanos Makled

El juez 20 de juicio, Jesús Jiménez negó la nulidad interpuesta por la defensa de los hermanos Makled, al considerar que los delitos imputados son de lesa humanidad y no procede la aplicación de beneficios procesales.

Lo que la defensa considera ilegal es que no se estableció un lapso para esa prorroga de la detención. Recordemos que el 244 del COPP ordena que todo aquel que lleve 2 años preso sin juicio debe obtener el beneficio de juicio en libertad, con cautelares.

Si no aplica debe celebrarse una audiencia donde participen las partes y hasta los detenidos y se fije el lapso de la prorroga. Esto, en el caso de los Makled, no fue así, entonces se abre una especie de irregularidad, sentando el precedente de q pueden tener una persona detenida, sin juicio, indefinidamente.

El abogado Francois Jereije, anunció que los Hermanos Makled estarán detenido el tiempo necesario, aún cuando no haya sentencia firme, después de ser negada la solicitud de nulidad por la detención.

“La defensa lo que quiere es la fijación de un tiempo máximo de detención, y no dejarlos detenidos por falta de juicio”, dijo Jereije.

La solicitud fue interpuesta por la defensa “en base a la negativa de solicitar el juicio en libertad, en virtud del decaimiento de la medida por transcurrir dos años en proceso, sin sentencia firme”, y completó que el Código establece “toda aquellas personas detenidas en un tiempo superior a los dos años procede el beneficio procesal”.

Admitió, que el Tribunal Supremo “en criterio reiterado ha establecido que el delito de narcotráfico es de lesa humanidad y por ende les niega toda posibilidad de beneficios procesales, pero igualmente el Código Orgánico establece que las personas sometidas a cualquier delito tienen un tiempo de detención, al cumplirse el tiempo superior a los dos años, a todas las personas le sale beneficio procesal, se exceptúan algunos como estos”.

Entonces explica, “aquí se saltó un procedimiento penal que no debió hacerlo el tribunal. Cuando el Ministerio Público tiene el derecho de solicitar que esa medida de detención se prorrogue por un lapso prudencial que de prolongue. Ante esa solicitud la defensa se opone, pero el tribunal está obligado a fijar una audiencia con todas las partes, y allí se debate ese tiempo”.

Indicó que en esta oportunidad, la defensa pidió la libertad condicional la cual fue negada, por lo que solicitamos la nulidad de la decisión.

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