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viernes, 10 de junio de 2011

Publicada en Gaceta Oficial designación de miembros de Coordinación Nacional de Bomberos

El Ejecutivo Nacional designó a los miembros de la recién creada Coordinación Nacional de Bomberos, Bomberas y Administración de Emergencias, que llevará a cabo la rápida y efectiva estandarización nacional, estadal y municipal de los cuerpos de bomberos.

La designación se publicó en Gaceta Oficial Nº 39.692, de fecha 9 de junio de 2011.

La referida coordinación quedó integrada por el comandante de los Bomberos del Distrito Capital, William Martínez, quien fue designado como Coordinador Nacional de Bomberos, y como suplente a este cargo se designó a Luis Ramón Carrillo Colmenares.

El Inspector Nacional de Bomberos será Jesús Orlando Cedeño y su suplente Giovanni José Espinosa. La Coordinación de Operaciones de Bomberos estará a cargo del Coronel Antonio Domingo Blancas y como suplente fue designado el Capitán Ramos Bautista Villalba Córdova.

La Coordinación de Especialidades de Bomberos la ejercerá el Coronel José Delio Martínez y su suplente será el Coronel José Rafael Tunas.

El Coronel Alejandro Fidel Montes fue designado Coordinador de Bomberos y el coronel Ángel José Fernández como su suplente.

La Coordinación Nacional de Bomberos, Bomberas y Administración de Emergencias estará adscrita al Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Interiores y Justicia, tal como lo establece el artículo número 27 de Ley de Bomberos y Bomberas publicada en 2001.

En recientes declaraciones, el viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, Néstor Luis Reverol, señaló que con la creación de esta instancia se establecerán una serie de políticas de Estado, con la finalidad de dinamizar todas las actuaciones bomberiles del país y no sólo en el área estratégica, sino también en el equipamiento en los ámbitos nacional, regional y municipal.

Se busca estandarizar todos los procesos, entre ellos homologar los uniformes.

También explicó que se encuentra lista la creación del Fondo de Bomberos el cual forma parte del reglamento parcial de la Ley que fue publicada en 2001.

Esta Ley estable en el artículo 37 que todas las empresas aseguradoras deberán aportar 1% de las primas cobradas por concepto de incendios.