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miércoles, 23 de enero de 2013

Imponen la donación de 40 plantas a dos hombres por posesión de 240 huevos de iguana en Cojedes


El Ministerio Público logró que se le impusiera a Kevin David Ávila (19) y a Omar Aguilar (32) la donación de 40 plantas a la Dirección Estadal del Ambiente del estado Cojedes, tras admitir la posesión ilícita de 240 huevos de iguana, incautados el pasado 14 de enero, en el municipio Girardot de dicha jurisdicción. 
En la audiencia de presentación, los fiscales 1° y sus auxiliares del referido, Luis Caballero, Raisa Urdaneta y Manuel González, respectivamente, imputaron a los dos  hombres por la presunta comisión del delito de caza ilícita, previsto y sancionado en la Ley Penal del Ambiente.
Tal delito prevé una pena de tres  a cinco años de prisión o multa para quienes incurran en la pesca o la caza de ejemplares de la fauna silvestre, comercialización o destrucción de una especie en veda.
Es importante mencionar que la iguana (reptil) así como sus productos (huevos) están regulados en la Ley de Fauna Silvestre y son considerados como una especie protegida, por lo que para efectuar la caza de estos animales se requiere una permisología especial.
En ese sentido, el Tribunal 1° de Control de Cojedes, en virtud de que ambos hombres admitieron que efectivamente eran responsable de la posesión de los huevos de iguana incautados, se les acordó la suspensión condicional del proceso e impuso la obligación a Ávila y Aguilar de la donación de 40 plantas de la especie, en un lapso de cuatro meses, que requiera la Dirección Estadal del Ambiente del referido estado.
La decisión del Tribunal se basó en el artículo 359 de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que establece que son condiciones para el otorgamiento de la suspensión condicional, “la restitución, reparación o indemnización por el daño causado a la víctima, en forma material o simbólica, el trabajo comunitario del imputado o imputada… que sean de utilidad a las necesidades de la comunidad”.
Igualmente, se aplicó lo previsto en los artículos 354 y 355 del COPP que prevé la forma de juzgamiento para los delitos menos graves, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de privación de libertad.
El hecho ocurrió en la fecha antes mencionada, en horas de la tarde cuando funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) se encontraban en un puesto de control ubicado en la carretera el Baúl-Arismendi, y dieron la voz de alto a Ávila y Aguilar, quienes transitaban por el sector.
Posteriormente, los efectivos de la GNB procedieron a realizar una inspección de rutina, logrando incautarles a los dos hombres 240 huevos de la especie iguana, animal que se encuentra en veda.
Vale destacar que los huevos fueron extraídos del animal con fines de su comercialización.
De inmediato, los dos hombres fueron aprehendidos y puestos a la orden del Ministerio Público.