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lunes, 25 de noviembre de 2013

TSJ declara sin lugar recurso de nulidad contra Ley de Precios Extraordinarios del Petróleo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que crea Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos. 

El recurso de nulidad fue interpuesto por el abogado Carlos Vecchio, actuando en nombre propio y asistiendo a los ciudadanos Hernán Núñez y Bernardo Pulido, contra el decreto publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.022 del 18 de abril de 2011. 

Se precisa en la sentencia que la normativa impugnada fue reformada a través del Decreto con Rango y Fuerza de Ley que creó la Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.871 del 27 de febrero de 2012, que a su vez fue reformado por la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 8.807, sobre la Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos, dictada por la Asamblea Nacional y publicada en la Gaceta Oficial del 20 de febrero de 2013. 

Indica la decisión que no se evidencia que las normas derogadas tengan ultra actividad, es decir, que puedan seguir surtiendo efectos jurídicos en la actualidad. 

La Sala recordó solo ha admitido la nulidad de normas derogadas cuando ellas extienden sus consecuencias jurídicas más allá de la fecha en que fueron derogadas, por lo que en el presente caso el interés jurídico manifestado por la representación judicial de los solicitantes recae solo respecto de las normas vigentes en la medida en que reeditaron el contenido del decreto originalmente atacado.