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sábado, 17 de septiembre de 2011

Comisario Iván Simonovis tiene riesgo de fractura en la Columna Lumbar y fémur Izquierdo

Bony de Simonovis, esposa del Comisario Iván Simonovis recordó que su esposo se encuentra recluido desde el 22 de Noviembre de 2004 en la sede la Dirección de Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), hoy Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN).

“Mi esposo permanece en un improvisado calabozo individual de 2 metros de largo por 2 metros de ancho, donde es encerrado con candado entre las 10 de la noche y 6 de la mañana. Las necesidades fisiológicas durante ese tiempo deben realizarlas en envases plásticos, pues los improvisados calabozos no cuentan con baño”, destacó

“Se le permite salir de su calabozo durante el día a un pasillo que mide 28 metros de largo por 1 metro de ancho, el cual se encuentra situado frente a los calabozos y sirve de desplazamiento a 16 personas que se encuentran detenidas en ese sector. El pasillo es totalmente cerrado, carece de ventilación natural y no permite ver la luz del día. No saben los detenidos cuando es de día o de noche, permitiéndoseles tomar sol por una vez cada quince o más días, por espacio máximo de una hora, todo lo cual incumple con las características requeridas por las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos”, enfatizó

Bony Simonovis indica que a Iván Simonovis se le realizó una Ensitometría Ósea, entre otros exámenes, los resultados indican que el Comisario Simonovis tiene riesgo de fractura a nivel de la Columna Lumbar, así como a nivel del Fémur Izquierdo, pues su densidad mineral ósea está por debajo de los valores normales para un paciente de su edad. Y esto es definitivamente es una consecuencia de las condiciones de reclusión en las que se encuentra, condiciones que añaden un elemento de riesgo adicional como consecuencia de la falta de exposición a los rayos ultravioletas de la luz solar, quienes son los responsables de la producción de vitamina D.

Se ha demostrado científicamente que la deficiencia de vitamina D causa: Osteoporosis: caracterizada por fragilidad de los huesos y Osteomalacia: una enfermedad que debilita los huesos en adultos y que es similar al raquitismo. La malnutrición de vitamina D también puede estar ligada a enfermedades crónicas como el cáncer, dolor crónico, debilidad, fatiga crónica, enfermedades autoinmunes como la esclerosis múltiple y la diabetes tipo 1, elevación de la presión arterial, enfermedades mentales (depresión, desórdenes afectivos estacionales y posiblemente con la esquizofrenia), enfermedades del corazón, artritis reumatoide, psoriasis, tuberculosis y enfermedad inflamatoria del intestino.

Así mismo, la esposa de Iván Simonovis informó que el Comisario presentó Síndrome del Túnel del Carpo Bilateral, siendo un factor que exacerba esta lesión en su caso, el uso de las esposas muy ajustadas, pues las mismas inflaman al nervio, el cual está comprometido, por estrechez del canal.

“Recordemos que cada vez que se le trasladaba al tribunal a Iván Simonovis, se le llevaba esposado, como si se tratara de un peligroso delincuente, y así se le exhibía frente a las cámaras de televisión”, enfatizó Bony de Simonovis
“Todos deberíamos saber que los derechos a la salud y a la vida son de especialísima protección por parte del Estado venezolano, quien debe garantizarlos en todo momento, por cuanto son inviolables e inherentes a la persona humana y eso incluye a quienes están privados de libertad” afirmó

“La protección del derecho a la salud y a la vida cobran especial relevancia en los casos de personas privadas de libertad (artículo 43 constitucional), por cuanto es al Estado a quien corresponde en forma indelegable esa función y, por consiguiente, la negligencia en la atención oportuna que comprometa la salud o la vida de quienes están sujetos a su administración de justicia penal, comporta responsabilidad personal directa de los funcionarios a quien corresponda su juzgamiento y custodia, sean estos jueces, fiscales o policías. Esta responsabilidad se puede atribuir por omisión negligente o dolosa, de acuerdo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se haya puesto de manifiesto esa conducta.” agregó

La esposa del Comisario Simonovis señala que los Tratados Internacionales que han resultado del esfuerzo de la humanidad para salvaguardar los derechos humanos son enfáticos en cuanto atañe al derecho a la vida y a la salud. Entre los instrumentos que consagran dicha protección se encuentran la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El Estado venezolano está obligado a respetar los derechos humanos, al igual que los órganos del Poder Público están obligados a su respeto y especialmente a garantizar sin discriminación alguna por razones de tendencia política, raza, sexo, credo o condición social, el efectivo goce y ejercicio de dichos derechos, entendiendo además que dichas violaciones son imprescriptibles a tenor de lo dispuesto en el artículo 29 Constitucional. De allí que el Estado tiene la obligación de indemnizar integralmente a las víctimas de violaciones a los derechos humanos que le sean imputables, o a sus derechohabientes, incluido el pago de daños y perjuicios tal y como lo consagra la Constitución de la República en su artículo 30, así lo informó la esposa del Comisario Simonovis

“Definitivamente, las condiciones de detención y prisión a que ha sido sometido Iván Simonovis, han implicado un trato humillante y vejatorio, que le han sometido a un trato cruel e inhumano, y que le han causado dolores y sufrimientos graves, configuran una violación del artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, señaló

Bony de Simonovis aegura que “algún día los culpables de esta violaciones a los Derechos Humanos de Iván Simonovis responderán por sus acciones u omisiones. Sin venganza pero con justicia, le pido a Dios me dé sufriente vida para verlo y así lograr el desagravio al que ha sido expuesta nuestra familia injustamente”.



Prensa Bony Simonovis