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miércoles, 27 de abril de 2011

Salario de dirección y personal de alto nivel de la AN se adecúa a Ley de Emolumentos

La Asamblea Nacional (AN) publicó hoy una resolución mediante la cual se fija el monto equivalente a los emolumentos mensuales del personal de Alto Nivel y de Dirección de la Asamblea Nacional, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Emolumentos y Pensiones.

Así se estableció en la Gaceta Oficial 39.660 del 26 de abril de 2011 que circula hoy.

Según esta Ley, los diputados de la AN pueden ganar como límite máximo un monto equivalente a 12 salarios mínimos, es decir, 16.884.000 bolívares, si se calcula el valor del salario mínimo que entrará en vigencia el 1ro de mayo (1.407.000 bolívares).

Además, los funcionarios del Poder Público Nacional como el Secretario o Subsecretario de la AN, presidentes de las juntas directivas o cargos de institutos autónomos, públicos, empresas del Estado y cualquiera otra persona jurídica de carácter público pueden ganar hasta un monto máximo de 10 salarios mínimos, o 14.070.000.

A continuación, la Resolución completa


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