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martes, 8 de noviembre de 2011

Regularán expendio de bebidas alcohólicas en el municipio Libertador

Este martes el cuerpo edilicio aprobó en segunda discusión el Proyecto Modificatorio de la Ordenanza que Regula la Autorización para el Expendio de Bebidas Alcohólicas en el Municipio Libertador.

Según explicó la concejala Rosaida Hernández, presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana, dicha normativa fue aprobada inicialmente en el año 2008 bajo el mandato del ex alcalde Freddy Bernal quien le dio el ejecútese para aquel entonces.

En el día de hoy se aprobó una modificatoria de la ordenanza, a solicitud del alcalde Jorge Rodríguez, donde se hace hincapié en el cumplimiento estricto de los horarios de las licorerías en el municipio Libertador, entre otros, y la participación de los consejos comunales y vecinos en la apertura de nuevos expendios de licores en la jurisdicción.

En este sentido, Hernández invitó al público caraqueño para que participe este jueves y viernes en el cabildo abierto que se realizará simultáneamente en la parroquia Sucre y Santa Rosalía, dirigido a dar a conocer los alcances de esta normativa que busca regular el consumo de bebidas alcohólicas y colaborar en la disminución de los delitos - relacionados con el consumo de licor.

Este jueves 10 de noviembre se realizará un cabildo abierto en el Boulevard Pérez Bonalde, de la parroquia Sucre y el viernes 11 en el Boulevard César Rengifo, de la parroquia Santa Rosalía. Ambos eventos están pautados para las 4 de la tarde, según informó la edil Rosaida Hernández, quien hizo la solicitud este martes al cuerpo edilicio.

Una de las modificaciones importantes de esta ordenanza tiene que ver con la consulta obligatoria de la aprobación de futuras licorerías, a los consejos comunales y organizaciones sociales de las parroquias.

Dicha normativa ratifica en su artículo 29 que “la administración tributaria podrá suspender o revocar la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas y solicitar al alcalde que reduzca los horarios de funcionamiento en las parroquias respectivas”.

Entretanto, el artículo 36 reza que el alcalde de Libertador, mediante decreto, reglamentará el régimen de horario para el expendio de bebidas alcohólicas en el Municipio Libertador.


/Nota de Prensa