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martes, 8 de noviembre de 2011

Sancionan Ley de Donación de Órganos

http://cdn.globovision.com/uploads/b6/6d/b66d66d6d4cdb5d0507f95f14afcd3a6/AN-hemiciclo-diputados660.jpgEn la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional de este martes, quedó sancionada la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular estos procedimientos, con fines terapéuticos, de investigación o de docencia.

La normativa legal se fundamental en el derecho a la salud que está previsto en la Constitución Nacional.

El secretario de la Asamblea Nacional, Iván Zerpa, hizo lectura de los 55 artículos que contiene el instrumento jurídico, con sus disposiciones transitorias y finales.

Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que “toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario”.
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.

El instrumento jurídico establece el derecho al trabajo a las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos y/o células, tienen derecho a ingresar o continuar en una relación laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.

Además, contempla sanciones penales y pecuniarias para aquellos profesionales de la salud y otros que participen en delitos sobre la donación con propósito de lucro; ablación ilegal; otorgamiento de licencias sin requisitos a funcionarias y funcionarios de la salud; incumplimiento de las condiciones en las instituciones, establecimientos y centros de salud, incumplimiento de obligaciones y requisitos médicos; retardo en el reporte de las manifestaciones de voluntad, entre otras penas.

ANTV