Lo Último

.

.

miércoles, 14 de diciembre de 2011

La Unidad rechaza “supra poderes” del TSJ


Unidad Venezuela.- La Unidad hizo un llamado de atención a la opinión pública nacional e internacional, “por la gravedad que implica para la institucionalidad democrática (…) que la Sala Constitucional utilice sus facultades más allá de los límites de sus competencias, para eliminar etapas de los procesos aún no concluidos, no sólo para resolver problemas de procedimiento, sino para imponer decisiones vinculantes para todos los jueces, limitando, injustificadamente, la libre apreciación y aplicación judicial de las leyes, que es propia de los Estados que practican el modelo democrático de Estado de Derecho”.

La coalición de partidos democráticos hizo la alerta en un comunicado que emitió este miércoles, con motivo de la decisión que tomó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 8 de diciembre. “Una vez más (…) quebranta el estado de Derecho y la seguridad jurídica (…) Su decisión constituye una violación a las leyes procedimentales y una extralimitación de las competencias que le otorga la Constitución”.

La Unidad condenó que, en el caso concreto de hechos que aparentemente no revisten carácter delictual, la Sala Constitucional se extralimite al señalar la inaplicabilidad de los artículos 471 y 472 del Código Penal, en todo conflicto agrario entre particulares.

“Si en el caso en el que actuó, los hechos juzgados no debían haberse calificado por los jueces como delitos, sino como un conflicto entre poseedores y propietarios, lo que correspondía era simplemente declarar nula la sentencia que condenó a un productor por los delitos de usurpaciones y daños contra la propiedad”, aclaró.

De igual forma, denunció que al no señalar claramente la distinción entre un conflicto que corresponde a la jurisdicción agraria y los hechos violentos de invasión de propiedades ajenas o de perturbación violenta de la posesión, que corresponden a la jurisdicción penal, declara inaplicables los artículos 471 a y 472 en todo conflicto agrario, eliminando estos delitos del Código Penal y “aumentando la inseguridad jurídica existente en materia de derecho de propiedad y de protección de la integridad física de las personas y de sus bienes, los cuales deben ser garantizados por el Estado de acuerdo con el artículo 55 de la Constitución”.

La Unidad advirtió, además, que la sentencia es otra “palpable evidencia del activismo político que ha asumido el Tribunal Supremo de Justicia, al interpretar normas constitucionales y legales con un evidente sesgo ideológico y político; que lesiona aún más la perdida de la credibilidad en la imparcialidad e independencia del Poder Judicial en Venezuela”.

De igual forma, rechazó la nota informativa del Tribunal Supremo de Justicia, del 10 de diciembre, dada en el marco del 152° aniversario de la Batalla de Santa Inés, durante el aniversario de los 10 años de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrícola, la cual –consideraron– le imprimió a la sentencia un carácter político. “Hecho inaceptable e inapropiado en el que el poder judicial actuó como parte de los escenarios ostensiblemente políticos y electorales del actual gobierno”, acotó.