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jueves, 4 de agosto de 2011

Colombia: Interpol rechaza circular orden de captura sobre exdirectora del DAS

(AP) — El director de la policía nacional de Colombia informó que Interpol se negó a emitir una circular roja sobre el pedido judicial de captura de la exdirectora de la policía secreta porque viola el asilo político bajo el cual la exfuncionaria se encuentra en Panamá.

El general Oscar Naranjo dijo que la decisión de Interpol está fechada el 26 de julio y alega que por los estatutos internos de esa policía internacional no puede emitir circulares rojas por respeto a figuras como la del asilo.

Interpol y sus normas son claras “en señalar el respeto por situaciones y figuras o instituciones políticas, en este caso se refiere específicamente a la figura del asilo político otorgado por el gobierno de Panamá a la doctora María del Pilar Hurtado”, dijo el oficial a los reporteros en el comando policial.

No hubo respuesta de Interpol a un pedido de AP de comentarios al respecto.

Hurtado está asilada desde noviembre en Panamá alegando que temía por su seguridad personal en Colombia, donde es investigada por la Fiscalía General por un escándalo que estalló a inicios de 2009 sobre escuchas telefónicas y seguimientos ilegales a magistrados, periodistas, políticos opositores e incluso funcionarios.

Por ese caso de espionaje, Hurtado, quien dirigió de agosto de 2007 a octubre de 2008 el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) o policía secreta, fue sancionada a fines del año pasado por la Procuraduría General con una prohibición de ocupar cargos públicos por 18 años.

En mayo y a solicitud de la Fiscalía General un tribunal penal en Bogotá ordenó la detención de Hurtado.

Poco después, la fiscal general Viviane Morales solicitó a Interpol en Colombia “difundir la orden de captura, por medio de circular roja” para que se haga efectivo el arresto en el exterior de la ex jefa de la policía secreta.

La solicitud entonces fue tramitada por la policía nacional colombiana. La Fiscalía explicó que sólo podía ser efectiva en caso de que Hurtado abandonara Panamá.